Vamos a ver, con anterioridad a la entrada en vigor del BOE del 2005, el aeromodelismo no estaba reglado en cuanto a las frecuencias que podiamos usar, por lo tanto (al no existir ninguna ley) le gente usaba emisoras en 40, en 35, en 72, en 27...no habia nada que nos obligara/limitara en cuanto a que frecuencias o banda debiamos usar (podiamos usar cualquiera que no fuera especifica para otro uso, no podiamos usar las especificas para comunicaciones maritimas, por poner un ejemplo), podiamos usar cualquier emisora que no necesitara de una hablitacion o carnet para su uso (es decir, que fueran de uso comun) y que no usaran ninguna frecuencia que ya tuviera un uso especifico y marcado en el CNAF.
En el 2005 el ministerio de telecomunicaciones (a peticion de la federacion) nos dio un hueco en el cuadro nacional de frecuencias, nos creo la nota UN-10 en la que nos dejaban para nosotros 18 frecuencias de la banda de 35mhz, pero ojo, al mismo tiempo nos decian que a partir de ese momento SOLO estabamos autorizados a usar esas frecuencias, por un lado nos reservan una porcion de la tarta pero por el otro nos prohiben que piquemos del resto de trozos.
El BOE del 2005 ya prevee que puedan existir variaciones en el futuro y cuando eso ocurra, seran publicadas en la nota UN-10 que crearon expresamente para los telemandos de aeromodelismo, asi que si mañana autorizan la banda de 2,4 para nuestro uso pues solo tienen que añadirla a la lista de frecuencias que aparecen en esa UN-10 (harian lo mismo si nos quitaran alguna frecuencia), el BOE del 2005 seguiria estando en vigor porque ese BOE solo tiene la funcion de decirnos que el espacio radioelectrico para aeromodelismo esta legislado y lo que tenemos que cumplir es lo que nos pongan en esa UN-10, la UN-10 nace gracias al BOE del 2005, si no fuera por la publicacion de ese BOE del 2005 no existiria la UN-10.
La venta de emisoras en 2,4 es totalmente legal, siempre y cuando esas emisoras cumplan con las normas que marca el ministerio para emitir en esa frecuencia, si la emisora cumple con esa normativa le ponen el sello del ministerio de telecomunicaciones y listo, es totalmente legal su venta.
Una cosa muy distinta es el uso que le vayamos a dar a esa emisora (el ministerio solo las valida para su venta, el no sabe para que la vamos a usar), en principio podemos usarla para lo que queramos, pero si queremos usarla para aeromodelismo tenemos que cumplir con lo que nos dicel el BOE del 2005 y la UN-10, es en ese momento cuando la ley nos limita su uso.
Los coches que nos compramos legalmente en España, no estan limitados en cuanto a su velocidad maxima por parte del fabricante, quien nos limita a no pasar de 120 kms/h (bajo multa y perdida de puntos) es la ley de trafico y dependiendo de por donde circulemos esa limitacion es mucho mayor aun, siempre prevalece la limitacion mas restrictiva en cada momento.
Yo ya no se como explicarlo mejor, lo siento, pero es que es tan meridianamente claro que no puedo entender vuestras dudas.