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Dudas y preguntas sobre aspectos legales y organizativos de nuestra actividad.
Fundado el 1 de Noviembre de 2007.

Moderador: Moderadores

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Por Eduardo Nuñez
#948591
Me gustaría ver una de esas pruebas, con la fuente de ruido al lado del receptor, como hace en el vídeo, pero con la emiosora a 300m de distancia, no al lado.
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Por cefesky
#948660
Sixto, sin problemas con lo de las fotos.
Lo que haga falta para que tu felicidad sea plena.

...pero he de decir que en la contestación de Telecomunicaciones se refiere a la
UN-85 SI cumplen las condiciones indicadas.
A mi me suena como un lavado de manos.

Como dice MarcDaimon, la ley solo tiene una interpretación, la de un juez.
Los que usamos 2.4 sabemos a lo que atenernos y los que usamos 35, pues también.

Ops!
..se me ocurre la ultima: ¿Alguien ha preguntado a alguna compañía de seguros sobre este tema?
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Por Eduardo Nuñez
#948669
Te van a decir que tienes que cumplir con las normas que regulan la actividad.

De todas formas esto no es más que un foro de internet. Cuando tengo alguna duda de un asunto de importancia, ya me cuido yo de hacer la consulta directamente.

Muchas personas escriben cosas en los foros, que han oido decir, que le contó un tipo, a uno que conocía; eso sí sin mala intención. Pero a sebaer de la veracidad de esa información.

Tampoco hay que olvidar que vivimos en la España de las autonomías, de modo que la normativa puede ser muy diferente de una comunidad a otra, incluso dentro de la misma comunidad, por las ordenanzas municipales.

¿Valdría de algo argumentar:? Ví en un foro de internet que sí se podía ...

¡cuidado con ello!
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Por Sixto
#948898
cefesky escribió:Sixto, sin problemas con lo de las fotos.
Lo que haga falta para que tu felicidad sea plena.

...pero he de decir que en la contestación de Telecomunicaciones se refiere a la
UN-85 SI cumplen las condiciones indicadas.
A mi me suena como un lavado de manos.

Como dice MarcDaimon, la ley solo tiene una interpretación, la de un juez.
Los que usamos 2.4 sabemos a lo que atenernos y los que usamos 35, pues también.

Ops!
..se me ocurre la ultima: ¿Alguien ha preguntado a alguna compañía de seguros sobre este tema?
Gracias defesky .. despues de bajarme el sueldo no está mal al menos un deseo de felicidad :evil:

En cuanto a lo del lavado de manos, ¿Habeis pensado que contestarian si preguntasemos si se puede volar en 35Mhz?
Pues contestarian lo mismo que si pero siempre que se cumplan con las condiciones marcadas en la UN-10.. no creo que se laven las manos, sencillamente dicen que si siempre que cumplas las normas.
Eduardo Nuñez escribió: Tampoco hay que olvidar que vivimos en la España de las autonomías, de modo que la normativa puede ser muy diferente de una comunidad a otra, incluso dentro de la misma comunidad, por las ordenanzas municipales.

¿Valdría de algo argumentar:? Ví en un foro de internet que sí se podía ...

¡cuidado con ello!
Es cierto, vivimos en la España de las Autonomias, pero mirá tu que casualité que las telecomunicaciones dependen del Ministerio de Industria y no están transferidas.

Las ordenanzas municipales en este tema de los 2,4GHZ, no creo que tengan nada que decir.

Lo di vi en un foro... no vale para nada... lo de lo leí en la página de la Federación ya es otra cosa... lo de tengo una contestación de la Dirección General de Telecomunicaciones ya es un puntito más.. lo de tengo un equipo con marcado CE comprado legalmente etc.. tambien vale.. excepto a algunos que parece que les ha entrado la duda de todo...

De todas formas el que no se fie con todo esto pues que pase de usarlo ¿Que más se puede decir?
#948958
Quizás no me he explicado bién.

Estoy hablando en términos generales, no sólo en lo que respecto al uso de frecuencias.

¿Lavado de manos? Las normas están para cumplirlas. Por ley no se puede asegurar algo que es ilegal o que incumpla deliberadamente las normas establecidas.

Hace poco leí un post en el que se preguntaba si se podía volar un heli pequeño en un parque. Lógicamente si resulta que en esa ciudad hay (que no lo sé) una ordenanza urbana que lo prohibe, no se podrá. Y si eres sancionado por éllo ¿te servirá de algo alegar que en un foro de internet decía uno que sí se podía?

Está claro que en los foros también se ofrece información veraz y demostrada mediante documentos adjuntos.
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Por Sixto
#948975
Eduardo Nuñez escribió:Quizás no me he explicado bién.

Estoy hablando en términos generales, no sólo en lo que respecto al uso de frecuencias.

¿Lavado de manos? Las normas están para cumplirlas. Por ley no se puede asegurar algo que es ilegal o que incumpla deliberadamente las normas establecidas.

Hace poco leí un post en el que se preguntaba si se podía volar un heli pequeño en un parque. Lógicamente si resulta que en esa ciudad hay (que no lo sé) una ordenanza urbana que lo prohibe, no se podrá. Y si eres sancionado por éllo ¿te servirá de algo alegar que en un foro de internet decía uno que sí se podía?

Está claro que en los foros también se ofrece información veraz y demostrada mediante documentos adjuntos. Pero también hay muchos "dires y diretes". Por éso digo que hay que tener cuidado.
Ok, entendí que el tema era si habría problemas exclusivamente por usar una emisora en 2,4GHz..

Lo de los dimes y diretes estoy de acuerdo, yo también he leído que se había presentado la guardia civil a retirar las emisoras de 2,4.. si no lo acompañan de ningún tipo de "papel" como puede ser la denuncia o el resguardo de la GC de que se la han llevado yo personalmente no me lo creo, por eso los enlaces a los documentos son importantes ya que eso no es "dime o direte" sino algo tangible y que se puede obtener de una manera más o menos oficial.

Lo que se publicó en el RCModel acerca del Real Decreto, para mi es un "direte" sin mucho fundamento y que no tiene ninguna validez, pero en cambio el documento de la RFAE y el de Telecomunicaciones si que me parecen cosas serias.

PD: Cada uno que separe el grano de la paja.

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