- Sab, 03 Jul 2010 11:32
#961606
Un cariz algo gris, bajo mi modesto punto de vista se avecina para la práctica del aeromodelismo en plan “hobby” si comienzan las “pseudoleyes” por aparecer, vayan los siguientes enlaces de una territorial que elabora una normativa como esta :
http://www.fecda.org/uploaded/especiali ... _fecda.pdf
Extraigo unos apartados que creo son dignos de tener en cuenta
1.1 Cumplimiento
Se prohíbe la práctica de cualquier modalidad de aeromodelismo fuera de los campos de vuelo registrados por un club en la Federación Canaria de Deportes Aéreos (F.E.C.D.A.) y homologado por ésta.
En el caso de demostraciones ó exhibiciones con asistencia de público, el club solicitará autorización a la Federación y homologación provisional de un campo de vuelo, para el
correspondiente evento.
Se prohíbe la práctica de cualquier modalidad de aeromodelismo sin estar en posesión de la correspondiente Licencia Federativa emitida por la Federación Canaria de Deportes Aéreos
(F.E.C.D.A.), Federación Española ó Internacional (F.A.I.).
En el caso de vuelo radio controlado (R/C), se prohíbe el uso de frecuencias no autorizadas por la Comisión Nacional de Asignación de Frecuencias (CNAF 2005).
Después remite una circula a todos los federados, como ésta :
http://www.fecda.org/uploaded/noticias/ ... idente.pdf
Y de la cual extraigo unos suculentos párrafos :
El incumplimiento del Reglamento
podrá acarrear la suspensión de homologación de las pistas de vuelo, además de la
comunicación de este extremo a las autoridades locales, autonómicas y nacionales de
ocupación de espacio aéreo indebido, con las responsabilidades que pudiesen derivarse. Así
mismo quedarán en suspenso los seguros federativos que se hayan expedido, además de la
comunicación a otras compañías de seguro de ambito nacional de incumplimientos de mínimos para ser asegurados del/los clubes implicados
¿ Que os parece ?
http://www.fecda.org/uploaded/especiali ... _fecda.pdf
Extraigo unos apartados que creo son dignos de tener en cuenta
1.1 Cumplimiento
Se prohíbe la práctica de cualquier modalidad de aeromodelismo fuera de los campos de vuelo registrados por un club en la Federación Canaria de Deportes Aéreos (F.E.C.D.A.) y homologado por ésta.
En el caso de demostraciones ó exhibiciones con asistencia de público, el club solicitará autorización a la Federación y homologación provisional de un campo de vuelo, para el
correspondiente evento.
Se prohíbe la práctica de cualquier modalidad de aeromodelismo sin estar en posesión de la correspondiente Licencia Federativa emitida por la Federación Canaria de Deportes Aéreos
(F.E.C.D.A.), Federación Española ó Internacional (F.A.I.).
En el caso de vuelo radio controlado (R/C), se prohíbe el uso de frecuencias no autorizadas por la Comisión Nacional de Asignación de Frecuencias (CNAF 2005).
Después remite una circula a todos los federados, como ésta :
http://www.fecda.org/uploaded/noticias/ ... idente.pdf
Y de la cual extraigo unos suculentos párrafos :
El incumplimiento del Reglamento
podrá acarrear la suspensión de homologación de las pistas de vuelo, además de la
comunicación de este extremo a las autoridades locales, autonómicas y nacionales de
ocupación de espacio aéreo indebido, con las responsabilidades que pudiesen derivarse. Así
mismo quedarán en suspenso los seguros federativos que se hayan expedido, además de la
comunicación a otras compañías de seguro de ambito nacional de incumplimientos de mínimos para ser asegurados del/los clubes implicados
¿ Que os parece ?
antes : MALAPATA
Jesús Nacimiento
www.aeromodelistasunidos.org/foro/
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www.aeromodelistasunidos.org/foro/