miguel garcia escribió:Hola a todos no se si por mi ignorancia o porque escucho demasiado he oido que para volar se necesita un carnet no se si abra que sacarselo te lo dan por antiguedad como socio o por peso del avion o por oras de vuelo demostradas por un club no se si alguien sabe algo pues se agradeceria GRACIAS.
http://aeroclubalgemesi.org/
El carnet que dices es en realidad una certificacion de que el piloto tiene un minimo de seguridad al volar, lo debe emitir la federacion correspondiente y es para exhibiciones con publico no oficiales, las que no organiza la federacion.
Lo mismo debe hacer para cada avion que vaya a participar en una de esas exhibiciones.
La implantacion de esos "carnets" ya desde el club puede ser una forma de hacer que la federacion aproveche que en el club te conocen y puedas partir de una categoria sin hacer pruebas especificas a modo de hacer esas certificaciones mas faciles para ellos porque no tendran que examinar a todos.
Si tu club es federado tiene que acogerse a esas normas y si tu eres federado tambien, pero si no lo tienes no significa que vueles ilegal o no puedas volar, solo te impide participar en Exhibiciones civiles y en actos de la federacion si es que lo imponen asi porque aun sin ser Ley, tienes que cumplir los requisitos de la federacion para participar en lo que organice.
Ese "carnet" no es valido mas que en tu comunidad mientras no sea expresamente aceptado en otras por su federacion correspondiente.
Aparte de esto, cualquier club puede clasificar el nivel de vuelo de sus socios con letras, numeros o nombres de flores si asi lo aprueban sus socios y entonces tambien sera valido pero solo dentro del club.
Opiniones al margen sobre como se impante la certificacion para exhibiciones, en eso es en lo que te afecta el tal carnet.
No obstante, Sami no se equivoca, la Ley nos obliga a estar certificados por la federacion exclusivamente para exhibiciones con publico y anunciadas publicamente, lo puedes ver en el Real Decreto 1919/2009, de 11 de diciembre, por el que se regula la seguridad
aeronáutica en las demostraciones aéreas civiles.
2. Los aeromodelos civiles deberán estar homologados o, en otro caso, contar con la
aprobación por escrito de la federación aeronáutica deportiva competente en los términos
previstos en el anexo II y utilizar las radiofrecuencias autorizadas en España para esta
actividad.
En la aprobación del uso del aeromodelo en la demostración aérea, la federación
aeronáutica deportiva competente podrá informar del tipo de transmisiones y frecuencias
de radio que se van a utilizar y sobre la conveniencia de exigir condiciones adicionales a
las mínimas exigidas en este real decreto.
Y dependiendo de las dimensiones o peso del avion tambien afecta esto:
Los aeromodelos de dimensiones excepcionales o de peso más elevado, precisarán
de un informe especial de la correspondiente federación aeronáutica deportiva y, cuando
ésta lo considere pertinente, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en el que se
concreten las posibles condiciones especiales de vuelo, las distancias necesarias, la
cobertura de los seguros o las garantías financieras sustitutivas que procedan conforme a
lo previsto en este real decreto, y cualesquiera otras medidas de seguridad que la Agencia
de Seguridad Aérea estime convenientes.
Si no estas federado no tienes que tener carnet alguno ni cumplir exigencias de la federacion para volar un avion de aeromodelismo, excepto en los casos mencionados.
Saludos
(tambien al pasmao)
Saludos.
Manuel Novoa
http://www.aeromodelistasunidos.org/foro/