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Dudas y preguntas sobre aspectos legales y organizativos de nuestra actividad.
Fundado el 1 de Noviembre de 2007.

Moderador: Moderadores

#967163
Sami. esta vez acertaste todo, no fué cosa del Alzheimer selectivo. Es como tú has dicho.

Y aclarado voy a darte una explicación, por si te ayuda. Soy fan tuyo y de unos cuantos más pero no me da tiempo a pinchar todos los enlaces que ponéis y voy al grano de lo que escribís directamente porque creo que lo importante, siempre lo escribís así, claro y conciso y no os remitís a lo que ya escribísteis anteriormente, porque las cosas importantes hay que repetirlas las veces necesarias hasta que se entiendan.

Quería unirme a la felicitación a Pepe Saigi, pero temía confundirlo con Pepe Guerra, también de Santa Cruz de Tenerife, porque no me cuadraba, y así fue cuando acudí al buscador. Ya sabes que en internet se encuentra de todo. Me encontré eso tuyo, pero sin enlace, y se lo facilité a los foreros sin necesidad de que pinchasen en ningún sitio porque un día quise poner un enlace y se ve que no soy muy bueno y no me funcionó.

Así fue, Sami. Falta de tiempo, no por mi Alzheimer selectivo que tanto me ayuda. Un saludo. :wink:
#967210
MarcDaimon escribió:
Pero vamos, que las cuatro cosas son cuatro simples palabras, que creo que vas a entender perfectamente:

DEJA DE METER CIZAÑA

De forero a trol hay una linea muy muy delgada, y tu la estas cruzando.

Recapacita, que lo necesitas, porque hace tiempo que has perdido el norte.

Un saludo.

Tu si que tendrías que recapacitar,al acusar a esta persona de tal manera,llegando adecir que ya llega a trol y que está perdiendo el Norte.Te habrás quedao de lo más relajado y agusto con esas 4 cosas que le dedicas,digo yo.

El problema es que para dedicar este tipo de cosas,en tal caso, lo pones a caldo por un privado y así te desahogas mejor,y yo ni me entero,por que pasa que en público lo puede leer gente como yo tambien y entonces tus ganas de decir 4 cosas me las contagias,y luego soy yo el que paso ganas de decirte algo tambien,y entonces llega otro con más ganas aun de hecharme 4 flores tambien..,y luego otro que se las quiere decir al otro...y...ya liamos la marimorena :P .

A ver si ahora por decir lo que nos da la gana y encima con la educacion de Ulpiano vamos a ser unos trol por no coincidir en ideas con otros.

Igual a mi tambien me hechabas de menos,pues otra persona en otro hilo tambien me llamó trol revienta hilos(mamita lo que hay que leer).

Ale.



PD:
Yo para que aguantes esas ganas te aconsejo que pongas a Ulpiano como "ignorar a un amigo",en tu perfil de usuario,y ya no lo volverás a leer más,ni lo tendrás en tu cabeza más.Es solo una idea.
#967212
Iván, ahora no salgas tú a dar malos consejos. No me apetece pertenecer al grupo de ignorados porque entonces no puedo ayudarles. :wink:

Todo el mundo sabe que yo no me defiendo y por eso doy oportunidades para que los crueles puedan fortalecer su espíritu y que la crueldad se transforme en dulzura, ..... . No se debe martirizar a un indefenso. Ni se puede condenar a nadie por salir en ayuda de otros, ..... . :wink:
#967247
Si despues de las amenazas, otros clubes pertenecientes a la federación Canaria hubieran hecho lo mismo que el club de aeromodelismo de Tenerife, es posible que el que hubiera tenido que salirse de la federación forzoso es el que intentaba amedrantar a los clubes y a los aeromodelistas canarios.

Felicito y apoyo la valiente decisión que han tomado el presidente y socios del club de aeromodelismo de Tenerife. Tambien quiero decirles que el aeromodelismo no termina fuera de la federación, es más, lo mismo empezais a disfrutar aún más de este bonito hobby praticándolo sin ataduras, aplicando el sentido común y la responsabilidad. Os deseo mucha suerte.

Un saludo.
#967286
Yo no soy quien para dar pistas a una o varias federaciones, pero creo que las amenazas directas o veladas no es la forma de atraerse a los aermodelistas.
Una de las cosas que debía de explicar esta federación es por que su cuota es de las mas caras de todo el pais
Saludos
#967454
Me uno a las felicitaciones a Pepe Saigi y los miembros del club de Tenerife.
He sido informado por el presidente de mi Club Diablillos del Aire, y espero que en una pronta reunión, tomemos la misma decisión.
En este link, podéis ver mi nueva adquisición el F-15.

http://diablillosdelaire.blogspot.com/

Un saludo a todos y buenos vuelos
#967548
ictfvarios escribió:Soy socio de un club que hasta la fecha estábamos federados en la federación Canaria y hoy se ha aprobado por asamblea del club el abandonar la federación y pasar a regirnos por la ley del deporte Canario, como club no federado. La verdad todos los socios del club estábamos muy alegres por dejar las amenazas de la federación y dedicarnos a volar con nuestro seguro de responsabilidad civil, dando carpetazo a la federación.

Gracias por la colaboración de los foreros y a la ayuda recibida.
Enhorabuena al club aeromodelismo deTenerife por su coherencia y gallardia al tomar esta sana decisión. Demuestra que aeromodelismo está vivo y que puede existir y desarrollarse sin las cortapisas y amenazas de una federación como la que hemos visto en este caso.

Con iniciativas como esta por parte de mas clubs este este tipo de federaciones se darán cuenta que no son y no deben ser mas que los representantes del aeromodelismo de competición y que se deben a los aeromodelistas, no al revés. Llegará también el momento de una verdadera renovación que dé el paso a otra gente con ganas, con mentalidad mas abierta y mas moderna, y por supuesto con ausencia de autoritarismo.

Saludos
#980186
Esto es lo ultimo que nos pone el presi de la Federación Canaria de Deportes Aereos


CIRCULAR 03/2010
SUSPENSIÓN AFILIACIÓN
CLUB AEROMODELISMO TENERIFE
1.- Con fecha 18 agosto 2010, se comunica al Club Aeromodelismo Tenerife, que
queda en suspenso la afiliación del mismo a esta Federación Canaria de Deportes
Aéreos, y como consecuencia, también la cobertura del seguro médico y de
responsabilidad civil contratados por esta Federación para sus asociados, hasta que no
se de cumplimiento por parte del citado club a los Reglamentos Federativos y otros
acuerdos aprobados en Asamblea.
2.- Por tanto, a partir de esa fecha, todos los miembros del citado club de
aeromodelismo, ya continúe funcionando como club deportivo o RECREATIVO,
deberán estar en posesión de SEGURO MÉDICO que cubra la actividad deportiva
(Articulo 20 del seguro obligatorio, Ley Canaria del Deporte) y la exigencia de un
contrato para el ejercicio de la actividad deportiva (federada o RECREATIVA) que
cubra la responsabilidad civil (Artículo 15, Apartado 2). Asimismo, queda en suspenso
la homologación de las pistas de "El Vallito" en Granadilla y de "Mesa Mota" en La
Laguna.
3.- Los aeromodelistas afectados por esta medida que también pertenezcan a otro Club
Federado, pero que en su día obtuvieron la licencia a través del club aeromodelismo
Tenerife, podrán mantener la vigencia de los seguros y otras habilitaciones. Para lo
cual los presidentes de los Clubes Federados, deberán remitir a esta Federación
Canaria, relación de aeromodelistas afectados, a los efectos les sea habilitada
nuevamente la licencia federativa por el club correspondiente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 07 de septiembre de 2010.
PRESIDENTE DE FECDA
- Luis Alberto Parra Álamo –
#980194
Y despues dicen que chavez es un dictador... xDDDDD

Pues nada, a sacarse un seguro de responsabilidad civil, que los hay. Cambiar el club de "deportivo" a "deporte para todos" y que le den por donde ya sabemos todos a el presi y su panda de secuaces.

Respecto a las homologaciones.... pues vista la carta, y su amenaza vedada rozando lo delictivo, tal vez una demandilla no le vendria mal. Algun abogado por aqui puede decirnos algo?

Saludos y no os preocupeis, que mientras hay vida, hay esperanza, y desde luego, hace tiempo que las federaciones son un lastre para todos, estamos mejor sin ellas.

Saludos.
#980224
MarcDaimon escribió:Y despues dicen que chavez es un dictador... xDDDDD


Saludos.
con la diferencia de q chavez fue elegido en unas elecciones democraticas por el pueblo.............

mi cuestion es q passa con todos los socios federados q han pagado sus licencias a la federacion(q no al club)<??? esos q pasan de estos temas y no se pelean con nadie. se quedan en el limbo por la decision magnanima de la federacion!!??? q bonitoooo.

como en el limbo, queda en suspenso la homologación de las pistas de "El Vallito" en Granadilla y de "Mesa Mota" en La Laguna, esas homologaciones q nunca llegaban incluso antes de la entrada en vigor del RD.???

bajese de la parra señor luis alberto....osea, dimita.
#980242
Esto, los socios del club ya lo sabían o se lo imaginaban.

No obstante veo al Sr Parra subido en la parra o en el guindo. Al comunicado le sobran todas las amenazas y parrafadas que están debajo de lo que el club de Tenerife quiere, que es la baja de la Federación (FECDA).

Con esto sobra todo lo demás
Código: Seleccionar todo
Con fecha 18 agosto 2010, se comunica al Club Aeromodelismo Tenerife, que
queda en suspenso la afiliación del mismo a esta Federación Canaria de Deportes
Aéreos
Todo lo demás es para intentar acojonar a los demás. Y no tiene atribuciiones para ello.

Las pistas que estaban homologadas, "si lo estaban", deben seguirlo estando, ya que si reunían los requisitos para estarlo, los siguen reuniendo aunque estén fuera de la federación.

Desde luego su presidente Pepe, no se va a estar quieto y a Parra le ha salido un hueso duro de roer y si ve algo denunciable, tarde o temprano lo va a hacer en beneficio del club que representa durante tantos años y que tan bien lo ha hecho. Yo me sentiría orgulloso de ser representado y presidido por una persona que ha hecho tanto y tan bien por el aeromodelismo en estas islas.

Lo que no sé, es si la baja del club ha sido voluntaria, si tienen derecho a la devolución de la parte proporcional de la cuota restante del año en curso (que es una pasta, casi 170 socios). El año que viene le va a doler y ya se lo ve venir.
El Club de Lanzarote se estaba pensando seguir los pasos del de Tenerife, a ver si toman la decisión acertada al igual que el RC Gran Canaria y se nos cae el presi de la parra.
#980257
ADominguezt escribió:...................
Con esto sobra todo lo demás
Código: Seleccionar todo
Con fecha 18 agosto 2010, se comunica al Club Aeromodelismo Tenerife, que
queda en suspenso la afiliación del mismo a esta Federación Canaria de Deportes
Aéreos
Todo lo demás es para intentar acojonar a los demás. Y no tiene atribuciiones para ello.................

Las pistas que estaban homologadas, "si lo estaban", deben seguirlo estando, ya que si reunían los requisitos para estarlo, los siguen reuniendo aunque estén fuera de la federación.
.........................

El Club de Lanzarote se estaba pensando seguir los pasos del de Tenerife, a ver si toman la decisión acertada al igual que el RC Gran Canaria y se nos cae el presi de la parra.
Muy cierto, sobra, y ante la "amenaza" creo que solo vale el rechazo, dejando siempre una puerta por si deciden entrar en razon y empezar a dialogar y a contar con los aeromodelistas, solo asi se ira a mejor.

Mas tarde o mas temprano no les quedara de otra.

saludos.
#980710
NOTA DE INTERÉS GENERAL:

Ante la Circular 03/2010, sobre suspensión de afiliación del Club de
Aeromodelismo Tenerife a la Federación Canaria de Deportes Aéreos, este Club
desea hacer llegar a todo el Colectivo de practicantes y amantes de nuestro
deporte las siguientes puntualizaciones:
1.- El Club de Aeromodelismo Tenerife comunicó el día 25 de agosto de 2010 a la
Federación Canaria de Deportes Aéreos que, con fecha 23 de septiembre del
presente año el Club de Aeromodelismo Tenerife (CAT) causará baja de la
Federación Canaria de Deportes Aéreos (FECDA) como Club federado. En el
correo electrónico en el que se comunicaba la noticia se indicaba también que
“esta decisión ha sido tomada por unanimidad de los asistentes durante la
Asamblea General Extraordinaria celebrada el 28 de julio del presente año” y que
“nuestro Club basándose en la Ley Canaria del Deporte, seguirá desarrollando su
afición como Club Deportivo Recreativo”.
2.- La Federación Canaria de Deportes Aéreos, que ya conocía, por
conversaciones con los dirigentes de nuestro Club, el sentir de la masa social del
Club de Aeromodelismo Tenerife y los acuerdos de la Asamblea de julio, aunque
no estuvieran notificados formalmente, comunica a todos sus federados el 7 de
septiembre, mediante la circular número 3/2010, que el día 18 agosto de 2010
quedaba en suspenso nuestra afiliación a la Federación Canaria de Deportes
Aéreos, y como consecuencia, también la cobertura del seguro médico y de
responsabilidad civil contratados por esta Federación para sus asociados, hasta
que, según la FECDA, no se de cumplimiento por parte del citado club a los
Reglamentos Federativos y otros acuerdos aprobados en Asamblea.
3.- Sorprende sobremanera que si la decisión federativa fue tomada el 18 de
agosto no se comunicara hasta el 7 de septiembre, máxime teniendo en cuenta
que la notificación por nuestro club de que causaríamos baja en la federación el
día 23 de septiembre se produce el 25 de agosto.
4.- En base a lo anterior, el Club de Aeromodelismo Tenerife no entiende a que
viene, como no sea por la frustración que puede suponer para la federación el
perder 160 afiliados, la suspensión de afiliación de nuestro Club, en base a
motivos infundados y pretendiendo dar la falsa impresión de que “los echamos
antes de que se vayan”.
5.- Además, esta suspensión se ha producido sin que, tal y como establece la
reglamentación, se haya incoado a nuestro Club el obligado expediente
disciplinario que recogiera, entre otras cosas, el oportuno tramite de audiencia,
que nos permitiera, después de conocer de que se nos acusa, defender nuestras
posiciones, lo que provoca una clara indefensión de nuestros intereses.
6.- Este Club ha cumplido a lo largo de toda su existencia los Reglamentos
Federativos y los acuerdos aprobados en Asamblea.
7.- Nuestro únicos puntos de discrepancia con la Federación han sido los
relacionados con lo que entendemos un intento de burocratizar y dificultar la
práctica de este deporte al aficionado de a pie, que sólo desea volar su
aeromodelo en el seno de su club, en un clima de seguridad, amistad y
camaradería.
8.- En ese sentido, comunicamos oportunamente a la Federación que no
designaríamos a un socio del propio club para que se convirtiera en el examinador
de los conocimientos de sus compañeros para el otorgamiento de las licencias de
vuelo.
9.- El Club de Aeromodelismo Tenerife trasladó a los dirigentes federativos que no
designaría a esta persona de entre su colectivo social, por entender que tal
designación podía atentar contra las buenas relaciones y la armonía que siempre
han presidido la vida social del Club.
10.- No obstante, el Club de Aeromodelismo Tenerife indicó a la Federación que
designara, tal y como preveían en sus normas y se exponía en la circular enviada
a todos los clubes, a una persona ajena al Club que se ocupara de evaluar a los
socios de nuestro Club que desearan tener licencia federativa, previo pago de las
tasas correspondientes. A fecha de hoy, por cierto, aún no se ha producido ni un
sólo examen en Canarias para evaluar la aptitud de los aeromodelistas federados.
11.- Nuestro Club tomó la decisión, por acuerdo unánime de su asamblea, de
continuar sus actividades como Club Deportivo Recreativo al margen de la
Federación porque su vocación es la práctica de este bello deporte en un clima de
amistad y compañerismo, dentro del área de sus instalaciones y conforme a las
normativas legales y a aquellas de las que, con respeto a esas normativas, se
dote nuestro Club en su régimen interno.
12.- Esta decisión se toma al amparo de lo que dispone la Ley Canaria del
Deporte, cuyas disposiciones, en materia de seguros y otros, cumplimos y
cumpliremos, como ha sido y es norma de este Club, obteniendo con nuestras
gestiones coberturas superiores y precios sensiblemente inferiores a los
federativos.
13.- Respetamos la decisión federativa de dejar en suspenso la homologación de
las pistas de "El Vallito" en Granadilla y de "Mesa Mota" en La Laguna, aunque
lamentamos que, con ello, esté privando a aquellos deportistas pertenecientes a
otras clubes que quisieran volar en nuestras instalaciones el poder hacerlo, por
cuanto, al no estar cubiertos en nuestras pistas por la licencia federativa, sólo
podríamos autorizarles si se acogen a nuestros seguros. Con todo, pensando en
todos los amantes de nuestro deporte que no quieren verse privados de disfrutar
de nuestras pistas, hemos habilitado un sistema que nos permite dar cobertura al
instante y por un módico precio a cuantos deseen volar en ellas.
14.- Pese a ello, no entendemos cómo se suspende la homologación de la pista
de “Mesa Mota”, dedicada exclusivamente al vuelo de veleros sin motor, cuando
nunca ha sido homologada por la Federación. Es más, dicha instalación, la que
tuvimos en el Llano del Moro y la actual de El Vallito ni siquiera han sido visitadas
por el Presidente de la Federación.
15.- Nos entristece, en definitiva, que la Federación Canaria de Deportes Aéreos
(FECDA) que, según reza el artículo 4 de sus estatutos, tiene como objetivo “…la
defensa y promoción general del deporte federado de ámbito canario en la
modalidad de deportes aéreos…”; y que “estará integrada –según se lee en el
artículo 2.2 de los mismos estatutos- por cuantas Delegaciones Insulares se
constituyan, clubes deportivos, deportistas, técnicos, jueces y cuantas personas o
entidades que promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo de su modalidad
deportiva dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias”; dedique
más esfuerzo a poner cortapisas a la práctica de esta modalidad deportiva que a
buscar soluciones imaginativas para facilitar la práctica de este bello deporte a
todos aquellos que no tienen más aspiración que dedicar una parte de su tiempo
de ocio a sentir el placer de volar un modelo a escala con seguridad y en un
ambiente de amistad.
16.- Por último, este Club quiere hacer llegar a toda la familia aeromodelista que,
por encima de cualquier circunstancia en la relación administrativa entre nuestra
entidad y la FECDA, nuestra sede sigue abierta para todos cuanto amen este
deporte y que vamos a seguir peleando para que cada vez seamos más sus
practicantes, se faciliten y simplifiquen los trámites para su práctica segura y
ordenada y, sobre todo, porque se consigan las más armoniosas relaciones entre
nosotros.
17.- En esa línea, nuestro club seguirá incentivando las excelentes relaciones que
siempre ha mantenido con todas las demás entidades que agrupan a los
aeromodelistas del archipiélago y seguirá buscando el consenso entre ellas para
conseguir lo mejor para nuestro deporte.
Por Sami
#980726
Mi mas sincera felicitacion y admiracion hacia el presidente del Club Aeromodelismo Tenerife, eso es tener sentido comun y "clase", todo lo contrario que demuestra el presidente de la federacion canaria de los deportes aereos, a quien le recomendaria que cambiase de forma de pensar y actuar, ya que el camino que ha emprendido puede dejarle sin apenas socios en su federacion.

Es una verdadera lastima que la unica forma que encuentran las federaciones de fidelizar a sus socios sea con amenazas, ¿asi se promociona el deporte?, ¿asi se piensa que van a tener mas socios?, señores, que los aeromodelistas son ciudadanos igual que el resto, que tienen los mismos derechos que el resto y que no son una manada de borregos asustados, este tipo de metodos no les van a funcionar.

Las homologaciones de las pistas que hacen las federaciones (las que las hace), solo valen para la celebracion de Competiciones Oficiales, no tienen ningun otro valor, si quieren "deshomologarlas" como medida de presion, pues peor para las federaciones, menos opciones tendran de poder celebrar competiciones, pero no causan ningun daño con eso a quien solo vuela como aficion.

El respeto hay que ganarlo, no se debe intentar obtenerlo a base de meter miedo con amenazas y mucho menos cuando esas amenazas no son mas que un "farol", algunos dirigentes de federaciones no deben tener claro que su cargo no les concede privilegios de juez, policia, legislador...señores, que no son mas que dirigentes de una federacion deportiva y eso no les faculta para lo que intentan hacer.

Creo que las federaciones no son conscientes de que somos los aeromodelistas los que pagamos y mantenemos los clubes, que no existe una red estatel de pistas de aeromodelismo, las federaciones sin los clubes no pueden hacer nada de nada, estan mordiendo a la mano que les da de comer.

Es muy triste tener que leer algunas cosas por parte de quien se supone que esta para proteger y fomentar el aeromodelismo, poco futuro tiene el aeromodelismo dentro de las federaciones con esta forma de actuar. :?

Amenazas, Miedo y Sumision, NO GRACIAS. :evil:
#980761
No me cabe duda de que este Club sabe lo que hace y como actuar con la debida protección de las leyes que dejan algunos aspectos bastante claros con respecto a estas acciones de la FECDA.

Creo ue esto es un gran ejemplo de hacer bien las cosas
#983092
Hola soy tony y me presento en este foro ya que soy un asiduo lector del mismo, yo pertenezco al club de aeromodelismo Tenerife un club que como ya conocéis se compone de mas de 160 socios y que por decisión unánime ha tomado un camino diferente al federativo y así convertirlo en lo que es, un hobbi recreativo y un sitio cordial donde estar el fin de semana con los colegas.

Ayer recibimos la visita del Sr. Parra (presidente de la federación canaria) y del Sr. Piñero que también ejerce dentro de la federación, yo les voy a ser sincero, cuando me comunicaron que los representantes de la federación venían a Tenerife a reunirse con los clubes federados y no federados yo inocentemente pensé que estas personas habían recapacitado y que la reunión era para la conciliación y buscar un punto en común y por supuesto retomar el dialogo (que tonto soy).

Sr. Parra le quiero dejar claro que nosotros respetamos el RD, respetamos las normativas que están preparando las federaciones para todo lo que se refiere a campeonatos y exhibiciones con o sin publico, respetamos el sistema de calificación de los pilotos siempre y cuando esto vayan a competiciones o exhibiciones, pero usted ni ninguna federación podrán regular lo que es el vuelo interno de un club de amigos los fines de semana ya que para ellos la federación canaria de deporte tiene un reglamento y nosotros lo cumplimos.

Ayer por supuesto el Sr. Parra vino a Tenerife con la misma actitud desafiante y amenazadora, pero también con muy poca información ya que lo que explico sobre reglamentos para exhibiciones y competiciones (esto solo afecta a los federados) estuvo bien ya que conoce del tema, le recuerdo que usted convoca la reunión y que era para los federados y no federado, sin embargo para los no federados como nosotros a los cuales la federación si tan preocupada esta de la situación de las mismas pienso yo que usted debió venir con un dossier de normativas y soluciones para el saneamiento si fuese necesario de la situación de los clubes, pues no aquí el que no esta federado es un delincuente y esta causando daño a personas y a cosas todo el tiempo.

Sr. Parra yo quisiera saber cuantos accidentes con daños personales y a terceros ha habido en canarias, mejor dicho en España? Cuantos?, Creo que practicamos uno de los deportes con menos incidentes y daños personales, que hay unos cuantos que sub normales que atentan con sus aeromodelos pues sanciónenlos ya que seguro esas personas siquiera pertenezcan a ningún club, que como dicen ustedes cualquier persona puede comprarse un avión echarlo a aire y causar un incendio o daños a objetos o lo que es mas grave a una persona por supuesto que puede pasar pero le aseguro que esta persona no será de ningún club, yo no se si usted vuela o si es asiduo a las pista pero cuando alguien llega a nuestro club con la intención de volar siempre habemos personas para ayudar y enseñar como se ha hecho desde los comienzos del aeromodelismo.

Sr. parra deje la casería de brujas y póngase a trabajar para las personas que usted representa (los federados), nosotros los no federados ya tomaremos las medidas necesarias las cuales están plasmadas en el reglamento canario de deportes, no amenace mas y aporte que de lo que se trata es que tengamos más adeptos al aeromodelismo
Por Sami
#983179
Cuando algunos no pueden conseguir lo que quieren (que todos los aeromodelistas esten federados) con la ley en la mano, recurren a las amenazas, al miedo, a la mentira...con tal de lograr sus objetivos.

Tristemente, esto es una cosa que suele funcionar en nuestro pais y mucho mas aun cuando hablamos de un hobby, la gente tan solo desea poder practicar su hobby sin problemas y traga con todo lo que le digan, nadie quiere problemas, nadie se plantea si lo estan utilizando, nadie se plantea si le estan quitando sus derechos...solemos actuar como borregos asustados.

El problema surge cuando se aprieta la soga mas de lo debido, cuando eso ocurre, hasta el mas sumiso de los borregos puede morder como autodefensa y aqui ya se estan pasando tres pueblos apretando la soga con los aeromodelistas. :evil:

Señores de las federaciones, cambien su rumbo, dejen de intentar aplastar los derechos de los aeromodelistas que tan solo volamos por el placer de hacerlo, ya estamos cansados de sus metodos, de sus amenazas, de su prepotencia, de su desprecio hacia nosotros...

Sean inteligentes, si al final lograran obligarnos a estar federados podriamos hacerles mucho mas daño desde dentro que desde fuera, piensenlo bien porque, les guste o no, siempre seremos la inmensa mayoria y ustedes tan solo una infima minoria, no nos obliguen a ser deportistas de competicion, no nos obliguen a tener que competir para tener voz y voto porque llegado el caso, siempre seriamos mayoria y podriamos incluso disolver las federaciones con la ley en la mano, tengan cuidado con los deseos que piden porque puede ser que se los concedan, pero el final de la pelicula puede que no sea el esperado. :wink:
#983201
El tema del presidente de la federación Canaria pasa por amedrentar a sus federados para que no sigan los pasos del club aeromodelismo Tenerife y no tener que perder como es el caso sobre 7000€ en ficha federativa, como dice Sami somos todos unos borregos hasta que te llevan al matadero y sientes la muerte...y te resiste a seguir los pasos en este caso del carnicero de la Federación Canaria.
#983204
Bueno, bueno el hecho de que no coincidamos con los métodos de la federación canaria y sus dirigentes, no debe permitirnos pasar al insulto o al menosprecio

Seamos moderados al exponer nuestros puntos de vista

Saludos

aeromodelistasunidos.org
#983574
El club de aeromodelismo Tenerife no ha hecho mas que lo que deberia ser lo mas normal, valoro sus opciones y decidio segun su criterio.
Ademas de dejar patente que en su "parcela" es el club quien decide.

Como se diria.... Manos que no dais, ¿que esperais?.
La federacion al igual que las demas, en lugar de mostrar enfado deberia empezar a dar, y como el movimiento se demuestra andando no estaria mal que empezaran por enmendar todos los problemas que tenemos por su inoperancia respecto al RD.
Que eso fue tema de todas.

saludos.
#983783
El día día 01 de octubre de 2010, de 18:00 h. a 21:00 h., en el HOTEL PRINCIPE PAZ, SALÓN GUAYARMINA. El presidente de la FECDA invitó a una charla a todos los aeromodelistas de Tenerife (federados, no federados y simpatizantes), sobre el futuro del aeromodelismo en Canarias y las normativas de la FECDA. Con una participación de tan solo 18 asistentes, donde 15 eran del Club de Aeromodelismo Tenerife

Comentar que sus argumentos eran vagos y carentes de fundamento pero lo que brillaba para él era: la reserva del espacio aéreo, El Real Decreto y por supuesto la intención de meter miedo en el cuerpo.

Estas son las consideraciones jurídicas que debería haber tenido en cuenta sobre la practica del aeromodelismo en España y en particular en la Comunidad Autónoma de Canarias.

En el ámbito de la competición internacional, el aeromodelismo forma parte de las disciplinas deportivas de la Federación Aeronáutica Internacional (F.A.I.), estando dividido en numerosas modalidades, tanto dinámicas como estáticas.

La práctica del aeromodelismo no está en España reglada por norma específica alguna, con la salvedad de lo dictado para esta actividad en el ámbito de las demostraciones aéreas civiles en el Real Decreto 1919/2009.

Sin embargo, considerando esta actividad como una actividad deportiva, podemos entender que de manera genérica se encuentra reglada, en el ámbito Estatal, por Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, desarrollada, en el caso de la comunidad Autónoma de Canarias, por la Ley 8/1997 de 9 de julio, Ley Canaria del Deporte.

Es pues que establecido el marco legal pasamos a exponer las siguientes consideraciones jurídicas:

1.-COMPETENCIA PARA LA REGULACIÓN DEL USO DEL ESPACIO AÉREO.

En la actualidad, la Norma que regula la navegación aérea sobre el espacio aéreo español, la Ley 10/1990, es de ámbito de aplicación solamente a las aeronaves aptas para el transporte de personas y cosas, caso que no es el de los artilugios para la práctica deportiva del aeromodelismo.

Tal y como se establece en el artículo 1 de la Ley 10/1990, el espacio aéreo situado sobre el territorio español y su mar territorial está sujeto a la soberanía del Estado español. Es en la misma Constitución Española, en el artículo 149.1.20ª, donde se determina que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de control del espacio aéreo.

Tratándose el deporte del aeromodelismo, en su faceta dinámica de vuelo de aeromodelos, de una actividad deportiva que se desarrolla en el espacio aéreo, compete exclusivamente a la Administración General del Estado el desarrollo reglamentario para el uso pretendido de dicha práctica deportiva.

2.-PRACTICA DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA.

En el ámbito Estatal en el Artículo 1, apartado 2 de la Ley 10/1990, se dicta que la práctica del deporte es “libre y voluntaria” En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el Artículo 13, de la Ley 8/1997 (Tipología de la actividad deportiva) se establece que la actividad deportiva podrá ser federada y de recreación deportiva,
es decir, al margen de la organización federativa.

Es pues, en conclusión a este punto, que queda claramente determinado que la actividad deportiva se puede realizar de manera libre, voluntaria, de manera de recreación deportiva y al margen de organización federativa alguna.

3.-PRACTICA DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA EN CLUBES DEPORTIVOS

La actividad deportiva se puede desarrollar de manera individual o bien colectiva, formando clubes deportivos.

En el ámbito Estatal, en el Artículo 13 de la Ley 10/1990, se consideran clubes deportivos las asociaciones privadas, integradas por personas físicas o jurídicas que tengan por objeto la promoción de una o varias modalidades deportivas, la práctica de las mismas por sus asociados así como la participación en actividades y competiciones deportivas.

En el Artículo 15 de la misma ley se establece claramente que los clubes deportivos para participar en competiciones de carácter oficial, deberán inscribirse previamente en la Federación respectiva.

En el ámbito autonómico, en el Artículo 38 de Ley 8/1997, se consideran clubes deportivos las asociaciones privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar formadas por personas físicas, y cuyos objetivos básicos son el fomento, el desarrollo y la práctica continuada de la actividad física y deportiva dentro o, en su caso, al margen del ámbito federado.

Se establece, a su vez, en el apartado 2 del mismo artículo que “Los clubes deportivos se regirán por la presente Ley, por las disposiciones reglamentarias que la desarrollen y por los propios Estatutos y Reglamentos de régimen interno dictados en su desarrollo. Además, y siempre y cuando esos clubes deportivos se integren en las federaciones deportivas de Canarias que correspondan, reconocerán y acatarán los Estatutos y Reglamentos federativos territoriales respectivos o, en su defecto, los propios de las federaciones nacionales homónimas”.

Podemos, pues, considerar respecto a este punto que los clubes deportivos pueden, si así lo desean, estar al margen de la federación alguna. Además de ésto, dichos clubes se regirán por lo establecido en la Ley, las disposiciones reglamentarias que se desarrollen y por los propios Estatutos y Reglamentos de régimen interno no estando obligados a reconocer o acatar normas federativas algunas. Solamente si desean participar en competiciones de carácter oficial tendrán que inscribirse previamente en la Federación respectiva.

4.-OBLIGATORIEDAD DE SEGURO
En el ámbito Autonómico, se establece en el Artículo 20 de Ley 8/1997 el seguro obligatorio, determinándose que las federaciones y las entidades públicas o privadas organizadoras de actividades deportivas habrán de asegurar los riesgos que conlleva dicha actividad para los participantes, en los términos fijados en la normativa legal vigente.

Solamente en el Estado Español está reglamentariamente establecido, por el recientemente aprobado Real Decreto 1919/2009 que regula la seguridad aeronáutica en las demostraciones aéreas civiles, la obligatoriedad de seguros de responsabilidad civil para el aeromodelismo en los términos que en la misma se especifican para dichos eventos. Fuera del contexto de las demostraciones no existe normativa legal vigente alguna que establezca los riesgos que deban asegurarse para la actividad recreativa deportiva de la práctica del aeromodelismo.

Es en conclusión a lo anteriormente expuesto en este punto que entendemos que no es obligatorio seguro alguno, ni para los clubes ni para los deportistas que desarrollen su actividad recreativa deportiva de aeromodelismo al margen de federación alguna, siempre y cuando no intervengan u organicen evento de demostración pública alguna tal y como se establece en el Real Decreto 1919/2009, para lo cual tendrán que actuar de la manera reglamentariamente establecida en el citado Decreto. Los clubes y deportistas federados deberán estar a lo dispuesto en sus respectivas federaciones cuando actúen en competiciones oficiales.

5.-TITULACIONES DEPORTIVAS ; REQUERIMIENTO DE LAS MISMAS Y COMPETENCIA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ÉSTAS Y SU OTORGAMIENTO.

En el ámbito estatal, se establece, en el apartado 2 del artículo 10 del Real Decreto 1919/2009 sobre demostraciones aéreas civiles, que los aeromodelistas civiles solo podrán participar en una demostración aérea cuando acrediten ante el director que están en posesión de la cualificación prevista en la normativa vigente para pilotar, en presencia de público, el aeromodelo de que se trate o, en su defecto acreditar las exigencias de aptitud o experiencia que sean requeridas por la federación aeronáutica
deportiva competente, en los términos previstos en el anexo ll.

En el ámbito autonómico se establece en el Artículo 24 de Ley 8/1997 lo siguiente:

1. Para la realización de actividades de enseñanza, dirección, gestión, entrenamiento y cualesquiera otras relacionadas con la actividad física y con el deporte, se exigirá la titulación establecida en cada caso en las disposiciones vigentes.

2. La Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de las competencias del Estado en materia de títulos académicos y profesionales, expedirá las correspondientes titulaciones deportivas, en función de los diferentes planes de estudio aprobados por el órgano competente.

3. Las titulaciones deportivas comprenderán diversos grados en función de los diferentes niveles de formación y del número de horas de enseñanza requeridos para cada uno de ellos por las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.

4. Las federaciones deportivas canarias colaborarán con la Administración autonómica en la formación de técnicos deportivos.

En el artículo Artículo 43 de la Ley 8/1997 se establecen, a su vez, de manera específica las funciones públicas de carácter administrativo que pueden ejercer las federaciones deportivas canarias, siempre bajo la tutela de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, actuando como agentes colaboradores de dicha Administración.

Consideramos con respecto a este punto lo siguiente:

A.- Corresponde solamente al Estado y a las Administraciones de la Comunidad Autónoma la expedición de las titulaciones deportivas.

B.-No existe en la actualidad, para la actividad del aeromodelismo, reglamentación Estatal o Autonómica que establezca dichas titulaciones ni el procedimiento de otorgamiento de las mismas.

C.-No es competencia ni atribución de las Federaciones deportivas, ya sean de carácter Estatal o Autonómico, establecer y otorgar titulaciones deportivas algunas y mucho menos el intervenir en la actividad deportiva no federativa, atribución que por ley solamente está permitida a los poderes del Estado y a las Administraciones Autónomas en el ámbito de sus competencias. Por otra parte, solamente le está permitido a la federación correspondiente, según se establece en el Real Decreto 1919/2009 sobre demostraciones aéreas civiles, el acreditar, para este tipo de eventos, las exigencias de aptitud o experiencia , en los términos previstos en el anexo ll de los pilotos, en el caso de que éstos no hayan podido acreditar ante el Director del evento estar en posesión de la cualificación vigente para pilotar.

6.- NECESARIEDAD DE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA PRÁCTICA DEPORTIVA.

En el ámbito autonómico, se establece en el Artículo 32 de la Ley 8/1997, la necesidad de autorización administrativa de la siguiente manera:

1. Quedan supeditadas a la obtención de la correspondiente licencia administrativa la instalación y explotación por cualquier persona natural o jurídica de establecimientos destinados a la enseñanza o práctica de cualquier clase o modalidad de actividad física y deportiva.

2. La licencia se otorgará por el órgano de la Administración deportiva competente según el procedimiento y de acuerdo con los requisitos de idoneidad de las instalaciones, titulación del personal docente, higiene, cobertura de los riesgos derivados de la práctica de la actividad física y deportiva, seguridad y asistencia médica y sanitaria que reglamentariamente se determinen.

3. Los ayuntamientos no podrán expedir ninguna licencia de apertura de un establecimiento de los mencionados en este precepto, si previamente no se ha otorgado por la Administración deportiva competente la licencia administrativa.

Se deduce del apartado 1 del artículo que es requisito indispensable para que sea exigida la autorización administrativa correspondiente, es decir, para que se precise de una licencia de apertura, que exista la simultaneidad de los actos referidos, el de instalación y el de explotación de los establecimientos correspondientes.

Según la real academia española de la lengua se entiende por explotar, entre otros, el “ sacar utilidad de un negocio o industria en provecho propio”.

Según las normas Internacionales de Contabilidad, las actividades de explotación son las actividades que constituyen la principal fuente de ingresos ordinarios de la empresa, así como otras actividades que no puedan ser calificadas como de inversión o financiación.

Por lo tanto, entendemos que las personas jurídicas o los Clubes deportivos que no estén constituidos como empresas, ni hacen negocio, ni obtienen beneficios por el desarrollo de su actividad no constituyen una actividad de explotación.

Es, por tanto, que como conclusión a este apartado, consideramos que no es exigible
autorización o licencia de apertura alguna para el desarrollo de una actividad deportiva sin explotación. No obstante, en el caso de que para la práctica deportiva correspondiente se precisaran realizar obras que estuvieran tipificados en el Decreto 183/2004, de 21 diciembre, Reglamento de gestión y ejecución del sistema de planeamiento de Canarias o en el decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, serían exigibles solamente las licencias de obra pertinentes.

Después del desarrollo presentado he considerado que sería de utilidad, para mayor facilidad de comprensión de todo lo expuesto, poner un ejemplo práctico de una actividad deportiva como es la pesca deportiva de recreo, que sí dispone de su reglamentación específica.

La pesca de recreo desarrollada en las aguas del mar territorial español está regulada
reglamentariamente por el Estado mediante la Orden de 26 de febrero de 1999 y por el Real Decreto 133/1986.

La pesca marítima de recreo en aguas interiores es competencia de las diferentes Comunidades Autónomas y, por lo tanto, son éstas las que desarrollan los diferentes reglamentos, como es el caso de nuestra Comunidad en la que se regula por el Decreto 182/2004.

En estas normas, dictadas por los organismos competentes, se determinan todos los requisitos para la práctica de la actividad, las prohibiciones, las titulaciones y sus clases, el régimen sancionador, etc.

Como puede verse, a su vez, en estas normas reglamentarias, en lo relacionado con los seguros que se deben suscribir por parte de los practicantes de la actividad, éstos no son exigibles para ningún caso tal y como sucede con las normas de ámbito Estatal y solo son exigibles en el Decreto 182/2004 para las competiciones.

Creo que con todo lo expuesto ha quedado suficientemente descrito el marco legal en el que se desarrolla en la actualidad la práctica del aeromodelismo en España y en concreto en Nuestra Comunidad Autónoma.

CORRECIONES PROPUESTAS AL REGLAMENTO PARA LA PRÁCTICA DEL
AEROMODELISMO FEDERADO.

De acuerdo a todos los fundamentos jurídicos considerados estimamos que las Federaciones, dentro del marco de sus competencias, pueden establecer reglamentos internos de obligado cumplimiento para sus afiliados, siempre y cuando no contengan cláusulas abusivas o contrarias al ordenamiento jurídico en vigor y actuando solamente dentro del marco de las competiciones deportivas de carácter oficial y, por
supuesto, no pudiendo intervenir a ningún efecto sobre la actividad deportiva no federada. Tras el detenido estudio del Reglamento para la práctica del Aeromodelismo elaborado por la Federación Canaria de Deportes Aéreos , tengo a bien exponer las siguientes consideraciones y correcciones que, a mi juicio, son de suma importancia a los efectos de que el mismo cumpla con el marco jurídico en vigor.

1.-El ámbito de aplicación del reglamento debe especificar con claridad no solamente que el mismo es de obligado cumplimiento para la actividad deportiva federada sino, además, debe hacer mención expresa de que queda excluida de tal obligación la actividad de la práctica deportiva del aeromodelismo no federado.
2.-En el párrafo primero del apartado 1.1, donde dice que “no está permitida la práctica de cualquier modalidad de aeromodelismo fuera de los campos de vuelo registrados por un Club en la Federado Canaria de Deportes Aéreos (F.E.C.D.A.) y homologada por ésta”, deberá corregirse añadiendo al texto, después de la palabra aeromodelismo, la palabra “federado” y sustituyendo la palabra “permitida” por “tutelada”.

La aclaración a la supresión de la palabra “permitida”, por la de “tutelada”, responde a que la federación no puede imponer un requisito abusivo a sus afiliados, privándole al derecho libre e individual a desarrollar en cualquier momento su actividad recreativa deportiva fuera del ámbito de la competición oficial.

En el mismo punto, en el párrafo que hace referencia a las demostraciones aéreas con asistencia de público, deberá sustituirse todo el texto de dicho párrafo posterior a la palabra autorización por el texto de “según lo dispuesto en el Decreto 1919/2009 sobre demostraciones aéreas civiles”, pues no es competencia de la federación otorgar tal autorización.

El párrafo en que se hace referencia a que “No está permitida la práctica de cualquier modalidad de aeromodelismo sin estar en posesión de la correspondiente licencia federativa….”, deberá ser modificado incluyendo después de la palabra aeromodelismo la palabra “federado” y deberá sustituirse la palabra “permitida” por “tutelada”.

3.-En lo referente a los campos de vuelo y las características exigidas a éstos, deberá aclararse previamente a los efectos de la actividad que se pretenda en los mismos, es decir ordinaria de entrenamiento o de competición.

En el apartado 3.1, campo de vuelo tipo 1, se establece una distancia de 250 m desde el centro de la pista hasta núcleos de población, siendo esta distancia inferior en 50 m a la recomendada por la Federación Aeronáutica Internacional en sus Reglas de Seguridad y Recomendaciones para los aeromodelos radio controlados en las competiciones internacionales y que, a su vez, son estrictamente recomendadas, tan allá como las leyes de cada Nación lo permitan, donde quiera que se vuele.

Por otra parte, se establece, en el mismo apartado, que deberán estar a una distancia de 5 Km de otros campos de vuelo y aeropuertos, reduciéndose a 3,5 Km si el desnivel es superior a 333 m, estableciéndose, sin embargo, en la F.A.I., que en los campos dentro de los 8 Km de distancia a los aeropuertos, los modelos no podrán ser volados a una altura superior a 400 pies sin la autorización del operador del aeropuerto.

4.-En el apartado 3.2 para los campos de vuelo tipo 2, de manera incomprensible no se establecen distancias algunas a núcleos de población ni aeropuertos.

5.-En el apartado 3.2.2, se establece para los campos de vuelo de nueva creación una distancia mínima de 300 m, igual a la recomendada por la F.A.I., a los núcleos de población, pero, nuevamente, no se adoptan las recomendaciones de la F.A.I. respecto a las distancias a los aeropuertos, puesto que estas se mantienen en los 5 Km y 3,5 Km en caso de desnivel superior a 333 m.

6.-En el todos los apartados del reglamento relacionados con los de niveles o titulaciones de los deportistas, atribuciones etc., se incumple la legislación en vigor pues es solamente competencia de la Administración del Estado o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente la de establecer reglamentariamente los niveles de los deportistas, sus titulaciones, atribuciones y los procedimientos a tales efectos.

7.- En todo lo referente a las demostraciones aéreas civiles, tal y como se contemplan en el Real Decreto 1919/2009, no compete establecer en el reglamento federativo regla alguna por no ser de su competencia reglar y autorizar para tales eventos. Como ejemplo, nos podemos referir al apartado 5.6 del reglamento en el que se establecen unas condiciones determinadas para desempeñar el cargo de Director de Demostraciones que no están sujetas a los requerimientos establecidos claramente en el artículo 5 de Real Decreto 1919/2009 que regula la seguridad aeronáutica en las demostraciones aéreas
civiles.
#983794
Hola,

Me parece muy bueno el análisis, la recopilación de todos los aspectos legales y la exposición, creo que es un ejemplo y un favor para el resto de aeromodelistas, pero me queda una duda: esto se expone aquí, o también se ha comunicado a la Federación o se ha trado en esa reunión que mencionas? Cual ha sido en ese caso la respuesta del Presidente de la Federación Canaria?

Que significación tiene a tu entender que de los 18 asistentes a la reunión 15 fueran miembros dle club que recientemente se ha dado de baja en la Federación?

Saludos
#983803
Ictivarios, buen trabajo, debia de llegar a la Federación Canaria de deportes aereos, tanto a su presidente como a la comisión técnica de aeromodelismo

Saludos


aeromodelistasunidos.org
#983806
Hola, ictfvarios. Es de agradecer la claridad, extensión y dedicación para resumir tanto en tu exposición. Creo que será un gran apoyo para todos los aeromodelistas canarios si alguien se entretiene en canalizar esa documentación y tu asesoramiento. Mis mejores deseos y mi reconocimiento ante tu trabajo tan prolijo y completo. :(

Y me parece aplicable y adaptable al resto de autonomías. Ojalá no caiga en saco roto, ..... .
Por Sami
#983812
Si el presidente de la federacion canaria, despues del exito de convocatoria obtenido en esa reunion y despues de leer lo escrito en este hilo (que seguro que lo ha leido), no es capaz de darse cuenta de que algo no esta bien en sus planteamientos, mejor que deje el sillon a otra persona mas "abierta" de mente porque flaco favor le esta haciendo al aeromodelismo y a los aeromodelistas canarios.

Aqui se han dado argumentos y razonamientos, se han mostrado textos legales nacionales y autonomicos...¿que muestran y argumentan desde la federacion para intentar anular al aeromodelismo como hobby?, ¿tan solo el deseo del control absoluto del aeromodelismo?, ¿asi, sin mas?, ¿tan solo "porque yo lo valgo"?. :shock:
#983856
5.-TITULACIONES DEPORTIVAS ; REQUERIMIENTO DE LAS MISMAS Y COMPETENCIA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ÉSTAS Y SU OTORGAMIENTO.

En el ámbito estatal, se establece, en el apartado 2 del artículo 10 del Real Decreto 1919/2009 sobre demostraciones aéreas civiles, que los aeromodelistas civiles solo podrán participar en una demostración aérea cuando acrediten ante el director que están en posesión de la cualificación prevista en la normativa vigente para pilotar, en presencia de público, el aeromodelo de que se trate o, en su defecto acreditar las exigencias de aptitud o experiencia que sean requeridas por la federación aeronáutica
deportiva competente, en los términos previstos en el anexo ll.


A esto yo añadiria, si me lo permites, algo mas que esta sacado de unas aclaraciones solicitadas a la Agencia Estatal de Seguridad Aerea:
"Lo que el Real Decreto 1919/2009, de 11 de diciembre, pretende es que los participantes tengan la calificacion y experiencia necesarias para garantizar la seguridad de las demostraciones aereas en las que intervienen.

En cuanto a los metodos para la determinacion de la experiencia, la norma hace gala de cierta flexibilidad al permitir para ello el uso de variados metodos documentales, incluyendo la posibilidad (anexo II.2,6º.b) de aportar "otra documentacion" sin mas precisiones o, incluso, si a un aspirante no le
posible acreditar documentalmente la experiencia requerida, el director de la demostracion podra exigirle la verificacion practica de su destreza.
............................................."
Con lo cual, la certificacion de la federacion no es el medio exclusivo para demostrar de forma valida que se puede volar con seguridad en demostracion con publico, ni un tramite de obligado cumplimiento.
Lo seria el "carnet de piloto " que daria la autonomia o el Estado si es que hubiese alguno, que de momento no lo hay.
#983863
luk50 escribió:Hola,

Me parece muy bueno el análisis, la recopilación de todos los aspectos legales y la exposición, creo que es un ejemplo y un favor para el resto de aeromodelistas, pero me queda una duda: esto se expone aquí, o también se ha comunicado a la Federación o se ha trado en esa reunión que mencionas? Cual ha sido en ese caso la respuesta del Presidente de la Federación Canaria?

Que significación tiene a tu entender que de los 18 asistentes a la reunión 15 fueran miembros dle club que recientemente se ha dado de baja en la Federación?

Saludos

Hola luk50, esto que esta aquí plasmado no hubo oportunidad de tratarlo en la reunión ya que como lo indica el escrito los representantes de la federación estaban canalizando el tema solo a los aspectos que a ellos les interesaba como era el espacio aéreo, las homologaciones de pista y por supuesto el que no estuviera federado no puede levantar un avión a mas de 3 metros del piso.
De todas maneras te indico que tanto este escrito por demás interesante (gracias Carlos) como otras herramientas que estamos estudiando nos servirán para demostrar que el aeromodelismo No federado esta en la legalidad y que seguiremos aportando ideas para que este deporte hobby que practicamos siga siendo tan seguro como hasta ahora.
Yo por mi parte le hice una pregunta al Sr. parra (presidente de la federación) la cual fue; ¿se puede practicar el aeromodelismo sin estar federado? Bueno ya se pueden imaginar la respuesta. Sr. parra dice: se pude conducir un coche sin carné de conducir.

Me parece muy mal responder con una pregunta ya que si es la persona más alta en el escalafón federativo debería responder y argumentar sin esquivar.

Comparar volar un modelo a conducir un coche me parece por demás execivo. Después de por lo meno 20 minutos y dándole 2000 vueltas al tema al final respondió el Sr. parra:
No, no es necesario estar federado para la practica del aeromodelismo, entonces Sr. parra por que generar tantos problemas si el trabajo de las federaciones consiste en lo competitivo y exhibiciones y en todo caso lo mas que podrían hacer es asesorar a los que no estamos federados para así poder tener si cabe, una actividad mas segura y por supuesto el que quiera poder federarse, en ningún caso por obligación.

Amigo luk te recuerdo que se convoco a los federados y No federados, el significado de que el 90% de los presentes éramos del Club de Aeromodelismo Tenerife solo indica que nosotros estamos muy interesados por lo que la federación canaria pueda aportar para el mejor funcionamiento de nuestro club, y que estaremos en todas y repito en todas las instancias necesarias para defender nuestra autonomía y derechos.
Un abrazo luk
Por Sami
#983874
Si señor, asi se hacen las cosas, implicandose en lo que a uno le afecta, pidiendo explicaciones coherentes y con arreglo a la ley sobre las cosas que se nos trata de imponer, acudiendo a cualquier reunion donde "se nos quiera oir", exponiendo nuestros razonamientos y haciendo valer nuestros derechos (que tenerlos, los tenemos).

NO EXISTE NINGUN CARNET QUE TE AUTORICE A VOLAR UN AEROMODELO, tampoco existe ningun carnet que te autorice a montar en bicicleta, en monopatin, a volar cometas...

Cualquier "carnet" que se inventen las federaciones solo tendra validez para sus asociados, las federaciones no tienen capacidad legislativa que pueda afectar al total de los ciudadanos (ya les gustaria, ya).

¿Acaso el carnet de conducir lo tramita la federacion de automovilismo?, ¿como pretende la federacion aerea controlar quien puede volar por hobby y quien no?. :shock:

Si algun dia nos obligaran a tener un "carnet de aeromodelismo", quien nos lo impondria seria el gobierno y nos los expedira el Ministerio de Fomento o AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aerea), ese carnet seria obligatorio para todos los aeromodelistas (TAMBIEN PARA LOS FEDERADOS).

¿Tan dificil es de entender?. :?
#984048
Por si os es de interés de cara a argumentaciones, quizás podrías pensar en los paralelismos con repecto a otras actividades como el esquí, etc. en los cuales se conocen ciertos casos de riesgos o accidentes y que no por ello las federaciones no asumen un papel regulatorio de la actividad en sí.

Quien puede decir que el club de Tenerife no está colaborando de cara a lo mejor para el aermodelismo vista la composición de la participación en la reunión? :cry:

Saludos

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