- Lun, 24 Ene 2011 21:12
#1017051
señores sabe algien esto.
Art. 11. Normas generales de conductores 1.
Creo que no hay ningún hilo sobre este tema.
Ya, por dos veces, he oído la misma cuestión: "La Guardia Civil denuncia por llevar un aeromodelo en el interior del coche".
La primera vez lo oí en la concentración de Veleros Remolcados en el Club Pla de Vent a primeros de septiembre.
Ahora, me dicen que a un compañero de Zarauz le han puesto una multa de unos 300 €
por llevar el velero en el interior del coche, cuando iba a volar a la ladera.
No sé desde cuando existe tal norma ni lo había oído antes.¿Vosotros sabéis álgo al respecto?
2. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos. Hola, Landrius. A Borja le echaron 300 € hace un año, asientos traseros abatidos y veía perfectamente. Por eso me he permitido aseverar lo que escribí. Después de larga conversación con él y consulta pertinente, decidí comprar un remolque,que es lo que entiendo como adecuado, excepción hecha de un park flyer.
¿Cómo entiendes tú lo de "perfectamente atado", para aseverarlo como legal?.
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