Por Miguel Angel - Mié, 03 Ago 2005 15:03
- Mié, 03 Ago 2005 15:03
#90874
Supongo que tendreis noticias del Decreto de Medidas Urgentes en Prevención de Incendios Forestales publicado en el BOE de 23 de julio.
Tengo dudas de si nos puede afectar porque :
- Prohibe el acceso de cualquier vehiculo a motor por pistas forestales que no tengan servidumbres.
- Prohibe la utilización de cualquier equipo o máquina capaz de producir chispas o deflagración en un radio de 400 metros del monte.
- Además prohibe el transito de personas por zonas de especial riesgo de incendios. Estas zonas las dictaminan las CCAA y por ejemplo en Galicia afecta a más de 700 parroquias y a 120 ayuntamientos.
Mis dudas :
Nuestros aviones pueden producir chispas o deflagración?... Si
Necesitamos acceder a algunos campos de vuelo a través de pistas?...Sí
Están algunos campos incursos en zonas de especial riesgo?....Si
Volamos y arrancamos nuestros aviones a menos de 400 metros de un monte?...Sí (El concepto de monte abarca todo menos campos agrícolas y zonas urbanas)
O mucho me equivoco o sí nos afecta por lo que no podriamos volar hasta después del 1 de noviembre bajo multa comprendida entre 1.001 y 100.000 euros.
No es mi intención alarmar pero si alguien sabe del asunto por favor que nos tranquilice. En mi campo ya nos visito el Seprona y la GC alguna vez.
Un saludo
Tengo dudas de si nos puede afectar porque :
- Prohibe el acceso de cualquier vehiculo a motor por pistas forestales que no tengan servidumbres.
- Prohibe la utilización de cualquier equipo o máquina capaz de producir chispas o deflagración en un radio de 400 metros del monte.
- Además prohibe el transito de personas por zonas de especial riesgo de incendios. Estas zonas las dictaminan las CCAA y por ejemplo en Galicia afecta a más de 700 parroquias y a 120 ayuntamientos.
Mis dudas :
Nuestros aviones pueden producir chispas o deflagración?... Si
Necesitamos acceder a algunos campos de vuelo a través de pistas?...Sí
Están algunos campos incursos en zonas de especial riesgo?....Si
Volamos y arrancamos nuestros aviones a menos de 400 metros de un monte?...Sí (El concepto de monte abarca todo menos campos agrícolas y zonas urbanas)
O mucho me equivoco o sí nos afecta por lo que no podriamos volar hasta después del 1 de noviembre bajo multa comprendida entre 1.001 y 100.000 euros.
No es mi intención alarmar pero si alguien sabe del asunto por favor que nos tranquilice. En mi campo ya nos visito el Seprona y la GC alguna vez.
Un saludo