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¿Dónde ir a volar? ¿buscas a alguien de tu ciudad? ¿quieres quedar con tus amigos para ir a la ladera?... Fundado el 4 de Febrero de 2005.

Moderador: Moderadores

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Por Fornax
#518556
Buenas tardes,

El motivo de este post es haceros llegar una vez más lo increíble y absurda de la rivalidad que existe en los clubes entre aviones y helicópteros.

La cuestión es sencilla, esta mañana llego al club, monto reviso el heli, arranco y el motor y me acerco andando al helipark al final despego y me pongo a hacer translaciones, caídas de cola y loops frente a mi, por supuesto en todo momento por la senda de vuelo destinada a los helis.

Mientras los aviones volando sobre todo el campo y por supuesto entrando en la senda de los helis pero como son modelos en movimiento para mi son uno más por lo que no digo nada. Al cabo de unos minutos, no sé, tres o cuatro aterrizan lo cual yo interpreto como que han terminado sus respectivas baterías y depósitos. Yo mientras sigo volando hasta agotar el depósito y una vez terminado aterrizo en el helipark paro el motor y me dirijo a la mesa...

Bueno pues al cabo de unos 15 minutos empiezo a preparar el heli para otro vuelo... a todo esto se me acerca uno de los pilotos (el cual ya ha protagonizado algún incidente con helis) y me pregunta que si voy a salir en los próximos 10 minutos a lo que le contesto: ¿por qué lo preguntas? la respuesta me deja impactado...

SEÑORES sepan ustedes que según esta persona los helis ocupamos MUCHO espacio y volamos sin control... Tócate el forro escrotal ¿ocupamos mucho espacio?

O sea volamos frente a nosotros 150/200 metros a derecha e izquierda y ¿esto es ocupar mucho? Y ya lo de volar sin control no sabía si se refería directamente a mi forma de volar o era un comentario general.

Mi reacción para que nos vamos a engañar no ha sido muy buena aunque tampoco ha sido mala, lo cierto es que me he quedado con ganas de mandarle directamente a la mierda y me he limitado a decirte que volaré cuando el numero de modelos en el aire lo permita es decir hasta 5 en mi club. Posteriormente esa misma persona hacía comentarios al otro diciendo que volábamos sin disciplina de vuelo que parecíamos abejorros, etc... vamos que somos los macarras del RC.

Luego intentando no calentar más el ambiente he estado esperando a que la persona esta terminara de volar antes de salir yo... Lo más cojonudo del asunto es que no tenía límite volaba donde le salía del fistro y tiene las santas pelotas de hacer comentarios como que no tenemos disciplina de vuelo...

En fin lo dicho que me alucina y me alucinan más los argumentos de estas personas para decir que los helis son MU MALOS!!!

Saludos.
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Por maxius
#518564
esos son reprimidos jejje y encima se tiene que conformar de volar solo aviones por que no es capaz de volar un helicoptero.vamos a ver,si haces una encuesta en un club de vuelo y le comentas a la gente que tipo de aparato le gustan mas te aseguro que salen ganando los aviones.pero si les preguntas el por que.ami eso no me gusta ,eso es un rollo, en fin un millon de escusas .es como el que te dice esa maniobra ami no me gusta y despues lo ves a los 3 meses haciendola por que en aquel tiempo, ni sabia lo que era esa maniobra .no puedo decir que siempre sera asi ,pero creo que no caemos en gracia en muchos sitios .pero como aquel que dice ,ami me la trae flojarrryo he volado con aviones y en concentraciones donde la mayor parte de aparatos eran aviones y se nota el club donde no tienen ni un helicoptero al que tiene ya unos pocos dando la tabarra por alli jejej.

pd:vive y deja vivir, es la mejor politica de vuelo.bueno en este caso seria vuela y deja volar jejej
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Por Javi_R
#518586
Pero es cierto que hay jente que le da un royo el ver volar los helis, pero esto es como ir de paquete en una moto a 200kh, el miedo lo pasa el que va de paquete. Creo que es mas peligroso volar un avion por encima de la jente que un heli en traslaciones, ademas los helis bien cuidados fallan menos que los aviones, pero claro esto como se lo explicas a uno que este acojonao

venga!
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Por emiza
#518588
así es la vida formax, siempre a sido así y siempre lo sera

envidia, admiracion , molestia, ¿las tres cosas?

es algo con lo que hay que compartir y convivir en un mismo club

lo ideal un club de helis y solo volar helis, pero como es nuestro caso
¿y cuando los pilotos de helis volamos tb aviones?
¿y cuando muchos de nuestro buenos amigos y compañeros vuelan aviones?


al final los amigos como todo en la vida los elijes tu, hay que intentar en la medida de lo posible convivir con estos amigos y conjugar las dos modalidades de vuelo, en armonía

huir de las polémicas y las riñas en el club ya que al final no traen nada bueno.

si la gente es guay y autentica todo ira bien

si hay algún capullo

(dícese de la persona con un bajo coeficiente intelectual, insatisfecha sexualmente, con ganas de buya pues de pequeño sus padres y amigos le pegaban mucho en la cabeza y era mal estudiante)

pues como decía si hay alguno de estos no podemos mas que tener paciencia y o buscarnos otro sitio para volar


paciencia pues formax que no vale la pena :wink:
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Por Fornax
#518625
Buenas noches,

De todas formas sigo sin entender los motivos por los que alguien que campa a sus anchas por todo el campo de vuelo tiene los santos cajones de decir que los helis ocupan demasiado espacio y no tenemos disciplina de vuelo pero joder si volamos en un rectángulo de 200 metros... es absurdo de verdad.

Emiza en mi club hay sólo dos personas conflictivas en este sentido este es uno de ellos... Lo que más me jode es que vuela corchos joder si el primer interesado en no tener un toque en vuelo soy yo que se la pasta que vale un heli y precisamente por ese motivo vuelo SOLO donde se me permite y despego SOLO desde donde se me permite...

Lo dicho era sólo por desahogarme... me gustaría poner enlaces de la famosa MOVIDA protagonizada por esta persona pero prefiero no hacerlo, no merece la pena solo decir una cosa y es que la que le montó a la otra persona delante de su hija a mi no me la hace...

Saludos.
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Por enrique garcia dominguez
#518661
empezé en el r/c con 18 años,ahora tengo 45.ya ha pasado tiempo eh?empezé con coches,cto de españa,un par de efra,regionales etc.apareció el imbécil de turno y lo dejé.me pasé al tt apareció el imbécil de turno y lo dejé.Hice vela(barcos)apareció el imbécil de turno y lo dejé.volví a los coches(eléctricos)apareció el imbécil de turno y lo dejé.lo mismo con el slot.
Ahora con los helis también ha aparecido el imbecil.¿la diferencia?que en lugar de dejarlo le he mandado a la mierda.aunque me he enganchado a los helis he vuelto a los coches,poco pero los he vuelto a sacar.también hay gente en los coches que merece la pena,como el amigo chikitin.lo que he aprendido es que los pocos momentos de ocio que tengo no me los amarga nadie.que para cabrearme ya tengo mi trabajo y mi suegra.
ha hacer puñetas.Dios los cria y ellos se juntan.
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Por saturndj
#518688
En breves palabras: Pura envidia y poca falta de respeto hacia un compañero.
A maxius y a mí ya nos sucedio algo similar en una concentración y más a él que le volaban delante un avion de 1,5 metros de largo y eso que se delimito la zona de vuelo. Gracias al presidente hicieron una pausa y pude volar tranquilo.
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Por ruben cortes
#518742
bueno en mi club eso no suele pasar, siempre esta el tipico cascarrabias que se te mete por el medio cuando estas volando, bueno se metia por que hace dos semanas se metio y lamentablemente un modelo precioso que tenia de madera se lo hicimos palillos o moldadientes como lo querais llamar jeje, pero bueno no hubo nada mas que un lo siento por que el heli no le paso nada, una pala un poquito picada y ya, la culpa pues del chachacha. saludos
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Por BoezA
#519220
Creo que eso pasa en todos lados, sin ir mas lejor este fin de semana en mi campo de vuelo (siempre espero a que no vuele nadie, pregunto y cuando estoy seguro que ningun avion va a salir vuelo yo), pues no, este fin de semana nada mas levantar el heli del suelo sale un avion, y claro con el consiguiente susto al despegar por debajo de mi, sera el calor del verano que a algunos les........................... :twisted:

Un saludo
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Por IrvingWashington
#519427
Hola,

Creo que todos te comprendemos perfectamente pues en menor o mayor medida nos ha ocurrido algo parecido en alguna ocasión.

En mi club lo típico era que la gente que volara helis se "apartase" a un extremo para "no molestar" (?). Yo lo hacía hasta que, cuando estaba aprendiendo, tras estar haciendo estacionario 5 minutos en un lugar perfectamente delimitado y apartado a 1m de altura me derribaron el heli de un avionazo 8-(.

A partir de ese momento mi filosofía es: Yo pago la misma cuota que los demás y me ajusto escrupulosamente a los estatutos, por lo tanto utilizo todo el espacio disponible, como los demás. Y si a alguien le molesta sentiré mucho no poder hacer nada a ese respecto...

Por cierto, también vuelo aviones y me parece lamentable que tenga que haber clubes solo de aviones o solo de helicópteros, dice mucho sobre la forma de ser de la gente en este país.

Un saludo,
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Por Fornax
#519461
Lo que no paro de pensar es como alguien puede decirte que ocupas demasiado espacio cuando para FAI/Sport vuelas en un rectángulo de 200 o 300 a lo sumo y si me dices 3D ya me da la risa tonta... Bueno para más inri en teoría ellos eran los que estaban volando en el trocito de espacio reservado a helis...

Tengo que hablar con el presi de mi club a ver que me dice...

En fin... que agradezco vuestros mensajes de ánimo.

Sl2.
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Por Fornax
#519484
Juaaaa es verdad...

Es más ayer uno de los dos que había volando el sábado (el que no dijo nada) estaba volando sólo y me acerqué a él después de dejar el heli en el helipark y en tono amable le dije: Mira para que no haya problemas voy a volar en esta zona en unos 150/200 metros a cada lado. Me responde en tono cordial que vale que no hay problema... Bueno levanto el heli hago un par de pasadas a unos 5 metros y le meto el idle 1 para empezar a hacer las mismas pasdas pero enciscao, bueno al segundo cruce estaba aterrizando. Pero tío! si te he dicho que voy a volar a media altura en mi zona describiendo 8 de 100/150 metros, pues nada ahí que estaba. Y eso que estaba con el Freya que aún le tengo mucho respeto y no hago nada de nada, vamos que estaba volando normal. El sábado con el Raptor estaba practicando la tabla sport y hubiese sido más razonable, eso si, si hubiese estado volando fuera de mi zona.

En fin imagino que como estas mil pero lo cierto es que generan un poco de mal rollo.

Sl2
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Por JMGP
#519757
Hola Fornax y compañía. La estupidez humana no tiene límite.
A mí me produce ya mala leche esa especie de absurda rivalidad, como tu dices, entre los helis y aviones. pero fijaros. Siempre es el del avión el que da por culo. Nunca es al contrario. Y yo que vuelo las dos modalidades no entiendo por qué es el heli el que mloesta. Como le dije a un compañero:"mira, lo mismo molesta tua vión que el mío o mi heli."
No lo entienden y entonces empìzan a argumentar que si e escapa una pala, que si se suelta un tornillo, que si pierdes el cony¡trol y se te viene encima de la gente.
En parte tienen razón. Para mí el heli es peligroso. El otro día tuve u n problema con el gyro o servo( no sé aún cual de los dos) y el heli perdio la cola y se venía pa la gente. suerte que le dí paso y subio en plan sacacorchos. pero di tu que eso pasa con el heli mas inclinado. Pues se viene encima. Si se te rompe el receptor pues ya ni os cuento. De todas maneras eso tambien puede pasar le a un avión. Lo que pasa es que entiendo que el heli es más complejo mecanicamente(al menos quelos aviones que vuelan en mi club) y por tanto más susceptible de fallar.

Pero lo de que yo estorbo...Una mierda pa ellos. yo estorbo lo mismo que a ellos a mí. Antes de volar helis, cuando solo volaba aviones, había un solo heli en el club. Nunca me estorbó, ni me lo planteé. Es mas disfrutaba de ver algo distinto.

Yo no me llevo mal con nadie. Es verdad que sólo estamos 12 socios y los dos tontos de turno que ponen pegas a los helis medio lo han aceptado.

Yo creo que todos esos además de envidiosos, porque en el fondo ven el heli como algo inalcanzable(todos sabemos que los comienzos del helis son duros y más sin ayuda), fueron niños maltratados, je. Y si estos se deciden a aprender a volar helis. ¿A quien le van a pedir ayuda?¿A los que les has estado dando por culo tiempo atrás? No sería coherente. Eso lo saben y entonces están encerrados en un callejón cuya única vía de escape es das más por culo.
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Por Fornax
#520008
Amén!

En lo único que disiento es en la pulcritud que tenemos la gente que volamos helis revisando nuestros modelos, hasta el más mínimo tornillo se comprueba. ¿Se hace con los aviones? yo creo que no...

La diferencia es que un heli ostiao es muy escandaloso por que cae como un ladrillo. Un avión sin emisora, motor, mando por suerte sigue volando y sin más puede llegar a aterrizar un heli repito se OSTIA... por ese motivo hasta un tonillo con mal color por lo general se cambia.

¿O no? ahora que sea la disciplina más compleja del RC y eso pique... pues que se rasquen.

Sl2.
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Por xevi87
#520024
En mi club la mayoria son aviones pero hace poco han aparecido algunos helis...personalmente no me desagradan, es mas cuando tenga mas tiempo y dinero quiero empezar con ellos, pero la verdad es que los veo mas peligrosos que un avión.....si un avión falla la posible ruta de impacto es conica y en la dirección del avion, en cambio un helicoptero puede irse en 360º...tambien es verdad que impresionan mucho esas pala rodando a tal velocidad, pero como todo una vez acostumbrado ya es normal.

Lo unico que me ha llegado a molestar es oir el motor revolucionado haciendo estacionarios a mi lado y no poder oir el motor de mi avion. cosa que me produce algo de inseguridad, afortunadamente somos pocos y no me importa esperar a que acabe para volar yo, y todos contentos :P

Dw!
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Por Victor Otero
#520141
pues la cosa es que yo lo veo de otra forma,a mi quienes me molestan no los helis o los aviones,si no los pilotos.
¿los que dan por culo son los aviones?
vale,uno pone el heli en medio de la pista,con el motor parado,por que total a sus compañeros no les molesta por que los helis despegan en un metro cuadrado.
a mi se me para el motor del avion,y tengo que entrar a pista esquivando el heli.
y si le digo algo,estoy dando por culo
tal como yo lo veo,el que dio por culo es el que puso un estorbo en medio de una pista de aterrizaje.
pero claro,encima tengo que aguantar que esos mismos me digan que por que no me gustan que vuelen helis alli.
y parecen no entenderme cuando les digo que por mi como si vuelan nueces,que me da igual,quienes me molestan son ellos,los pilotos,no lo que vuelan.
si me plantan un avion en medio de la pista tambien me molestara.
pero no,es mas facil y tranquilizador para la conciencia pensar en que hay rivalidad entre helis y aviones
por cierto,tambien tengo helis y aviones,y que me vuelen un heli en la cabeza siempre me molesto,tuviese yo un avion o un heli en la mano,pero claro,igual es que solo soy un capullo amargado y fui torturado en mi infancia.
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Por Rod
#521015
Estoy totalmente de acuerdo con deepspace. Y además comprobado después de muchos años en varios clubs.

Da igual lo que vuele uno. Si uno es maleducado será maleducado independientemente de lo que vuele aviones/helicópteros o haga (pedir pista para hacer pasadas, exigir a otros lo que él mismo no cumple, etc) .

Los que molestan son siempre los mismos vuelen lo que vuelen y hasta sin volar.
Forma parte de su personalidad y no es algo que provenga de la aeronave.

Los helicópteros molestan lo mismo que los aviones y ocupan la misma cantidad de espacio si el piloto quiere.
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Por esco
#525045
todo lo que vuela puede convivir lo que no puede convivir es el cabroncete con la gente normal.
hay que hacer un club solo para cabroncetes, les gustaría porque ahí si que podrian hacer su deporte favorito, machacarse todos indiscriminadamente.

saludos
Esco
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Por Josep Beltran
#526092
Hola yo estoy con lo mismo habría que hacer un club para cabroncetes y fantasmas porque decir que los que vuelan aviones se mosquean con los helis porque no son capaces de manejarlos es ser bastante fantasma en el club donde vuelo hay gente que vuela las dos cosas, y en aviones según el avión, te puedes complicar mucho la vida, yo creo, y a mi me gusta ver volar los helis, un cortacesped y una bruja pero lo que mas los aviones, he visto al campeón de España volar su Ultimate con el motor de 160 c.c. y asi tres m. de envergadura y se me caían los anillos al suelo, claro los de los helis diran que no lo hacen porque está tirado no tiene merito eso es facilón ¿ NO?. Creo que es un problema de educación y de respeto al prójimo indistintamente de lo que vuele cada cual, creo que no hay que menospreciar al que vuele una cosa u otra. Parece mentira al fin y al cabo lo que nos gusta es volar.
Por antu
#531951
mi opinion como la de algunos es que hay en todos los clubes algun capullo frustrado al cual todos le molestan pero el no molesta a nadie

yo vuelo ahora aviones pero antes he volado helis
y en mi caso nunca me han molestado ningun heli ni para aterrizar ni nada de nada de nada.
que vas a aterrizar gritas pista y en un pis pas toda la pista para uno.

pero siempre hay alguno que enves de pista para aterrizar necesita un campo de futbol con gradas y todo.
ha esos les mandava yo a barajas para que vieran lo que es trafico
jajajajajajajajajaja
un saludo

pd y eso de rivalidad entre aviones y helis no hay ni que hacerle caso

pues el que le hace caso es el que al final fomenyta dicha rivalidad
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Por Victor Otero
#531974
si,antu,pero yo veo totalmente innecesario tener que apartar nada de una pista de aterrizaje,lo mas sencillo es que si no estas volando el aparato en cuestion,ni tienes intencion ya que tienes el motor apagado(glow) lo mas sencillo,logico,comodo y respetuoso hacia los demas compañeros es que no lo dejes en la pista de aterrizaje,maxime cuando la pista apenas llega a dos metros de ancho.
ponerlo para tener que quitarlo cada vez que alguien grite pista no tiene logica.
otra cosa es que algunos pilotos no consideren la unica zona recta y lisa como pista de aterrizaje,ya que para un helicoptero es innecesaria tal cosa,pero eso no es intrinseco a un helicoptero,eso es cosa del piloto,por estrechez de mente.
imaginatelo en barajas,halaaa,mira cuanto sitio para aterrizar el heli,ale,aqui lo dejo yo,en medio :lol:
de todos modos,aunque a mi con un cachito de nada me llega,en mi opinion las pistas de aterrizaje son para usarlas en su totalidad,tanto a lo ancho como a lo largo si el piloto lo considera necesario,por eso se hacen del tamaño que se hacen y no de otro,lo que no se puede pretender es que por que a mi con un cuarto de pista me llega para aterrizar,dejemos el resto de pista como boxes,y los boxes como aparcamiento para el coche.pero vamos,que igual yo soy un poco tiquismiquis.
por lo pronto los despegues ya van de la mano,y en cuanto le pille la practica al torque,o estacionario,ya aterrizare tambien en la mano,asi me quito de lios,aunque me parezca un poco triste,pero bueno,eso que le ahorro en peso al avion al quitarle el tren de aterrizaje :lol:
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Por Jose Luis28
#546949
No he leido todo porque me cansa, solo voy a contar una anécdota, hace ya algunos años, + de 5, en el club había algunos que querían imponer el volar ordenadamente, helis en esta zona, y los demas en circulos, virajes a izda. como el cero del Scalextric, un día, aquello se desboco, unos 10-12 aviones volando a toda leche (incluido aquel gran Shukoi azul de A.T.) de un lado para otro, muchos cruzes y ninguna colisión. Se oían voces, cuantos somos, esto es la ostia, otro mas otro mas, :lol: , .........., aquellos que tanta disciplina exigían, se empezarón a dar cuenta, que, salvo el obligado control de frecuencias, para que más limites y normas, nunca olvidaré como les cambiarón las emociones .

Sldts
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Por JAM
#547217
Hola a todos.
En mi opinión, el que molesta es el que ocupa la pista, ya sea helicoptero o avión. He probado los dos y me quedo con los aviones. Intentaré explicarme, me gusta el vuelo "aerodinamico" no estacionario. Si un heli está volando tipo tabla, no molesta. Si está haciendo un estacionario de 10´ sobre la pista a dos metros, molesta y mucho. Al igual que un avión haciendo torque. Ambos molestan por el ruido que no te deja oir el de los demás, y por la insaguridad que conlleva.
La gran diferencia de estacionario tanto de heli como de avión es que el primero está aprendiendo y en caso de necesidad y necesitarse la pista y le gritas "pista" encima el pobre se aturrulla. El avión en torque, el piloto se supone experimentado y posiblemente quite el modelo antes que el del heli.
Por suerte en mi club (para los avioneros) hay pocos helis. :wink:

Por desgracia en mi club lo que moleta son las acciones de dictador del presidente. :cry:

Saludos y llevemonos bién todos.

P.D. Habiendo probado las dos modalidades no considero más dificil una que otra. Igual F.Alonso no sabe montar en moto y D. Pedrosa no sabe llevar coches. Qué cuál es más dificil, pues la que menos practiques.
:wink:
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Por CARLOS ESTEVEZ
#550746
Hola a todos
Si es cierto que nos podemos molestar unos a otros, pero cuando hay buenas intenciones, menos egoismos y envidias se pueden solucionar todos los problemas de convivencia. Ninguno nos tiramos toda la mañana volando. Se vuela y luego se descansa y nos vamos turnando. Y es la manera cuando hay buen royo. Si no es el caso y hay piques la mejor solucion es que os organiceis como hacen algunos clubs, como el de Algeciras, donde hoy he pasado muy buen día entre helicopteros y aviones. Alli tienen turnos de 30 minutos: de "en punto a y media" vuelan unos y de "y media a empunto" vuelan los otros. Esto siempre que hay mucha afluencia y hay que organizarse. En nuestro club de Estepona de momento no hay piques entre Helis y Aviones, aunque no volamos muchos, pero si tenemos unas instalaciones muy comodas, con nuestro ambigu, que nos permite tomar una cervecita miestras comentamos como vuela ese helicoptero o ese avion que esta bloquenado la pista durante 10 ó 15 minutos, que a algunos se os hacen eternos.
Y nuestro presidente que vuela tanto aviones como helicopteros, es el mejor que podemos tener, aunque impoga su criterio. Y no creo que este sea el foro adecuado para comentarlo.
Hay un dicho que dice: "Todo trabajador tiene el jefe que se merece y todo jefe los trabajadores que se merece". Y con lo de los presidentes de clubes pasa lo mismo.
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Por cherokeeland
#550749
totalmente de acuerdo excepto en el DICHO :lol: Zaludos.
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Por Jose Luis28
#550892
Jam, todos los clubs deportivos se rigen por unos Estatutos, aqui en la Comunidad de Madrid son estos (salvo reforma de los mismos, art. 47):

ESTATUTOS DE CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL


CAPITULO I: DE LA ENTIDAD

Artículo 1.- Denominación.

La entidad deportiva adopta el nombre de Club Deportivo Elemental ___________ ______________________________________ (en adelante, el club).

Artículo 2.- Normativa aplicable.

El club estará sujeto en su actuación a lo dispuesto por la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, y las disposiciones de desarrollo que le sean aplicables; por el Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, por el que se regulan las Asociaciones y Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid; y por los presentes estatutos.

Artículo 3.- Naturaleza jurídica.

El club es una entidad de carácter privado, dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de los fines que constituyen su objeto social.

Artículo 4.- Objeto social.

El objeto social del club será la promoción de uno o varios deportes, o de sus correspondientes modalidades deportivas; el desarrollo y la práctica de los mismos por sus asociados; y, en su caso, la participación en actividades y competiciones deportivas de carácter oficial de la Comunidad de Madrid.

Artículo 5.- Deporte federado.

1. El club, para su participación en competiciones deportivas de carácter oficial, podrá adscribirse a cuantas federaciones acuerde su Junta Directiva.

2. De las altas y bajas de adscripción a las federaciones deportivas madrileñas se dará cuenta al Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.

3. El club, en caso de que se federe, estará obligado a cumplir lo dispuesto en los estatutos, reglamentos y demás disposiciones que se establezcan por la federación a la que se adscriba.

Artículo 6.- Domicilio social.

1. Sin perjuicio del domicilio que se señale a efectos de notificaciones, el domicilio social se ubicará, necesariamente, en el territorio de la Comunidad de Madrid.

2. Las modificaciones producidas en el domicilio social o de notificaciones habrán de ser comunicadas al Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.

Artículo 7.- Duración.

La duración del club tendrá carácter indefinida, sin perjuicio de lo establecido en el Capítulo XI de estos estatutos.

CAPITULO II: DE LOS INTERESADOS

SECCIÓN PRIMERA: INTERESADOS EN GENERAL

Artículo 8.- Clases de interesados.

El club estará integrado por las siguientes clases de interesados:

a) Socios.- Todo club ha de estar formado, necesariamente, por un número de socios nunca inferior a tres. Los socios, de cualquier clase que sean, tendrán los mismos derechos y obligaciones dentro del club. La diferencia entre unos y otros sólo atenderá a la edad o a la cantidad económica que se ha de pagar como cuota.

b) Abonados.- Son aquellas personas que, sin tener la condición de socios, disfrutan de las instalaciones, o participan o asisten a las actividades del club, a cambio del pago de una cuota económica. El régimen de los abonados y abonos será objeto de regulación aparte en el reglamento interno.

c) Deportistas.- Son aquellas personas que, mediando o no retribución económica, se dedican a la práctica del deporte en representación del club. El régimen de los deportistas será objeto de regulación aparte en el reglamento interno. Los deportistas no tienen porqué tener también la condición de socios.

Artículo 9.- Acceso a locales e instalaciones.

Todos los socios y abonados, cualquiera que sea su categoría, tendrán libre acceso a los locales e instalaciones del club.

SECCIÓN SEGUNDA: SOCIOS

Artículo 10.- Socios

1. El club ha de estar formado necesariamente por, al menos, tres socios.

2. Sólo podrán ser socios del club las personas físicas.

3. El club estará integrado por las siguientes clases de socios (a rellenar):

ٱ De honor.- Son aquellos socios que, a juicio de la Junta Directiva, y previa aprobación de la Asamblea General, merezcan tal distinción por su labor en pro de la entidad o del deporte. Por decisión de la Asamblea General, pueden quedar exonerados del pago de las cuotas.

ٱ Activos.- Son aquellos que no se pueden encuadrar en ninguna de las otras categorías de socios. Satisfacen la cuota de entrada y mensual fijada.

ٱ Infantiles.- Son aquellos que no alcanzan la edad de dieciséis años. Para la admisión de la solicitud de los socios infantiles, se habrá de aportar autorización de quienes ostenten su patria potestad, tutela o representación legal.

ٱ Juveniles.- Son aquellos que tienen dieciséis o diecisiete años. Para la admisión de la solicitud de los socios juveniles, se habrá de aportar autorización de quienes ostenten su patria potestad, tutela o representación legal.

ٱ Transeúntes.- Son aquellos que tienen residencia accidental en la Comunidad de Madrid. El tiempo máximo en el que se puede estar en esta condición será de tres meses, pasado el cual será dado de baja, salvo que solicite la condición de socio activo y abone la cuota de inscripción y demás cuotas periódicas.

4. Cualquier alteración, posterior a la constitución del club, referida a los tipos de socios será tratada como modificación estatutaria, y se deberá dar cuenta al Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, mediante remisión del acta de la sesión en la que se acuerde o certificación del acuerdo.

Artículo 11.- Adquisición de la condición de socio.

1. El ingreso en el club se solicitará mediante escrito del interesado dirigido al Presidente. Dicha solicitud estará expuesta en los tablones de anuncios del club por un plazo de diez días, para que los socios presenten las objeciones que consideren oportunas sobre la admisión.

2. Pasado dicho plazo, el Presidente dará cuenta a la Asamblea General en la primera reunión que se celebre, y esta acordará la aprobación o denegación de la solicitud. Contra el acuerdo que se adopte no cabrá recurso alguno ni reclamación.

3. Por decisión del Presidente, consultada la Junta Directiva, podrá aprobarse la admisión provisional del solicitante hasta que se reúna la Asamblea General y acuerde su ratificación o no.

4. En caso de que la admisión provisional fuera ratificada por la Asamblea General, se tendrá en cuenta el período de tiempo de admisión provisional a efectos de antigüedad.

Artículo 12.- Pérdida de la condición de socio.

Se perderá la condición de socio por las siguientes causas:

a) Por su propia voluntad expresada mediante escrito dirigido al Presidente.

b) Por el impago de tres cuotas consecutivas, siempre y cuando las mismas hayan sido establecidas por la Asamblea General.

c) Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en los presentes estatutos, así como por causar perjuicio moral o material a la entidad, siempre que se acrediten estos extremos, previa incoación del correspondiente expediente disciplinario.

d) Por defunción.

CAPITULO III: DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS

Artículo 13.- Derechos de los socios.
Son derechos de los socios:

a) Contribuir al cumplimiento de los fines del club y participar activamente en los mismos.

b) Exigir, en todo momento, el cumplimiento de lo establecido en los presentes estatutos y demás normas que los desarrollen y complementen.

c) Separarse libremente del club.

d) Recibir información veraz de las actividades programadas por el club, así como de la situación económico-financiera del mismo. Asimismo, poder consultar, la documentación general del club, en la forma que se determine por la Junta Directiva, sin que ello pueda producir indefensión.

e) Voz y voto en la Asamblea General y en el resto de órganos del club de los que sea miembro. Los menores de dieciséis años ejercerán su derecho de voto a través de la persona que ejerza la patria potestad, la tutela o la representación legal. Expresar libremente su opinión en los mismos, salvando, en su caso, su voto en caso de discrepancia.

f) Ser elector y elegible a los diferentes órganos electivos del club. Para ser elegible será preciso ser mayor de edad. Para ser elector se necesita tener cumplidos los dieciséis años. Los menores de dieciséis años ejercerán su derecho de voto a través de la persona que ejerza la patria potestad, la tutela o la representación legal.

g) Recurrir a los órganos del club cuando se considere vulnerados sus derechos.

Artículo 14.- Deberes de los socios.

Son deberes de los socios:

a) La leal observancia de lo establecido en los presentes estatutos y demás disposiciones establecidas por el club.

b) Acatar los acuerdos válidamente adoptados por la Asamblea General y demás órganos de gobierno del club en el ejercicio de sus funciones.

c) Abonar las cuotas sociales y, en su caso, derramas fijadas por la Asamblea General, en la forma que se establezca.

d) Cumplir con la diligencia debida con las obligaciones inherentes a su cargo en el club.

e) Dar un buen uso a las instalaciones del club.

f) Comunicar a la Junta Directiva las deficiencias y deterioros que observe en las instalaciones.

Artículo 15.- No discriminación.

Se establece el principio de igualdad de todos los socios, sin que quepa discriminación por razón de raza, sexo, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

CAPITULO IV: DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO, ADMINISTRACIÓN Y PARTICIPACIÓN

SECCIÓN PRIMERA: ÓRGANOS

Artículo 16.- Órganos de Gobierno.

En el club existirán, como mínimo, los siguientes órganos de gobierno y administración:

a) Asamblea General de socios.

b) Junta Directiva.

c) Presidente.


SECCIÓN SEGUNDA: ASAMBLEA GENERAL

Artículo 17.- Composición.

1. La Asamblea General de socios es el órgano supremo de gobierno del club y estará integrada por todos los socios.

2. La presidencia de la Asamblea General la ostentará la persona que detente la presidencia del club.

Artículo 18.- Funciones.

Corresponde a la Asamblea General:

a) Elegir Presidente y, en su caso, Junta directiva, por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.

b) Aprobar y modificar los estatutos y reglamentos internos del club.

c) Aprobar la moción de censura al Presidente y, en su caso, a la Junta Directiva.

d) Deliberar y aprobar, en su caso, la memoria anual de actividades, la liquidación del ejercicio social, el balance y rendición de cuentas.

e) Deliberar y aprobar, en su caso, el programa deportivo del club y el presupuesto.

f) Ratificar, como miembros de la Junta Electoral, a los socios, no candidatos, que se hayan presentado voluntarios o sean designados por insaculación (sorteo).

g) Aprobar el ingreso o ratificar la admisión provisional de nuevos socios en el club.

h) Fijar la cuantía de las cuotas que han de satisfacer los socios.

i) Acordar la disolución del club, con los requisitos establecidos en el Capítulo XI.

j) Acordar la transformación en club deportivo básico, según lo establecido en el Capítulo X.

k) Disponer y enajenar los bienes del club, tomar dinero a préstamo y emitir títulos transmisibles representativos de deuda o de parte alícuota patrimonial.

l) Cuantas funciones se deriven del cumplimiento de los presentes estatutos.

Artículo 19.- Convocatoria ordinaria y extraordinaria.

1. La Asamblea General deberá ser convocada en sesión ordinaria, al menos una vez al año, para tratar los asuntos de su competencia.

2. Se reunirá con carácter extraordinario para tratar los siguientes asuntos:

a) Elección de Presidente y, en su caso, Junta directiva.

b) Dimisión del Presidente o Junta Directiva, y, en su caso, la ratificación de los nuevos miembros de la Junta Directiva prevista en el artículo 28.1.a).

c) Moción de censura al Presidente y, en su caso, Junta Directiva.

d) Modificación de los estatutos del club.

e) Aprobación y modificación de los reglamentos de club.

f) Ratificar la composición de la Junta Electoral.

g) Disolución del club o su transformación en club deportivo básico.

h) Disponer y enajenar bienes del club, tomar dinero a préstamo y emitir títulos transmisibles representativos de deuda o de parte alícuota patrimonial.

i) Cuando expresamente lo solicite un tercio de los miembros de la Asamblea mediante escrito dirigido al Presidente.

j) En cuantas circunstancias lo considere conveniente el Presidente.

Artículo 20.- Requisitos de las convocatorias.

1. Las convocatorias a la Asamblea General se efectuarán por escrito, en el que se harán constar lugar, fecha y hora, así como el orden del día, en el que se expresarán todos y cada uno de los asuntos a tratar. En el orden del día se incluirá el apartado de ruegos y preguntas, siempre que la sesión tenga el carácter de ordinaria.

2. La documentación relativa a los asuntos que figuren en el orden del día estará a disposición de los socios con una antelación mínima de diez días, a los efectos de consulta según determine la Junta Directiva.

3. Se dará la máxima publicidad a la convocatoria a través de su exhibición en el tablón de anuncios del club, sin perjuicio de su comunicación a través de medios informáticos y telemáticos.

Artículo 21.- Constitución válida.

1. La Asamblea General quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando a ella concurran la mayoría de los socios, y, en segunda convocatoria, con cualquiera que sea el número de miembros asistentes. Entre ambas convocatorias deberá mediar un intervalo de, al menos, media hora.

2. Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de los miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías cualificadas previstas en los presentes estatutos, teniendo cada miembro un voto. En caso de empate, decidirá el voto de calidad del Presidente.

SECCIÓN TERCERA: JUNTA DIRECTIVA

Artículo 22.- Naturaleza Jurídica.

La Junta Directiva es el órgano de gobierno y administración del club. Le corresponde la ejecución de los acuerdos adoptados por la Asamblea General, así como ejercer las funciones que estos estatutos y los reglamentos internos del club le confieran.

Artículo 23.- Composición.

1. La Junta Directiva estará compuesta por un mínimo de tres miembros, quienes ostentarán, individualmente y por separado, los cargos de Presidente, Secretario y Tesorero.

2. Si la Junta Directiva tuviera más miembros, éstos serán considerados Vocales, sin perjuicio de la posibilidad de existencia de uno o varios Vicepresidentes.

3. Ninguno de los cargos de la Junta Directiva será retribuido ni acumulable a otro.

Artículo 24.- Funciones.

Corresponden a la Junta Directiva junto con el Presidente, las siguientes funciones:

a) Colaborar en la gestión de la entidad, velando por el cumplimiento de su objeto social, y en especial, por el desarrollo del programa deportivo establecido.

b) Crear los comités que considere necesario.

c) Nombrar a las personas que hayan de dirigir los distintos comités, así como organizar todas las actividades deportivas del club.

d) Formular inventario, balance y memoria anual que hayan de ser sometidas a la aprobación de la Asamblea General.

e) Redactar los diferentes reglamentos del club, para su aprobación por la Asamblea General.

Artículo 25.- Elección.

1. Para la elección de los miembros de la Junta Directiva puede acudirse a cualquiera de estos dos procedimientos:

a) Mediante candidatura cerrada, eligiéndose al Presidente y Junta Directiva a través de sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. En este caso, todos los miembros de la Junta Directiva han de ser, necesariamente, socios del club.

b) Mediante un sistema presidencialista, en el que, mediante sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, se elegirá al Presidente, y éste designará a la Junta Directiva.

2. La elección deberá ser comunicada al Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, haciendo mención expresa a la opción elegida. El proceso electoral se llevará a cabo cada cuatro años, como máximo.

Artículo 26.- Convocatoria.

La Junta será convocada por su Presidente, a propia iniciativa o a petición de, al menos, la mitad de sus miembros.

Artículo 27.- Constitución.

1. La Junta Directiva quedará válidamente constituida cuando asista más de la mitad de sus miembros, incluido el Presidente o quien válidamente le sustituya; o cuando, sin mediar convocatoria, estén reunidos todos sus miembros y así lo decidan.

2. Los acuerdos de la Junta Directiva se adoptarán por mayoría de votos, teniendo cada miembro un voto. En caso de empate, decidirá el voto de calidad del Presidente.

Artículo 28.- Dimisión.

1. Si se produjese la dimisión de alguno de los miembros de la Junta Directiva, se actuará de la siguiente manera:

a) Si se utilizó el sistema de lista cerrada, para cubrir las vacantes se deberán realizar elecciones parciales al efecto. En determinados casos, se podrán sustituir las vacantes presentando la lista de sustitutos a ratificación de la Asamblea General Extraordinaria.

b) Si se utilizó el sistema presidencialista, el Presidente procederá al nombramiento, sin más trámites, de los sustitutos.

2. Si se produjese la dimisión en pleno de la Junta Directiva, incluyendo al Presidente, se constituirá una Comisión Gestora, integrada por los tres socios de mayor antigüedad del club. Entre ellos, será Presidente el de mayor antigüedad y Secretario el de menor.

3. Dicha Comisión Gestora, cuyas funciones se limitan a la gestión ordinaria del club, tendrá como función primordial la convocatoria de la Asamblea General para la elección de Presidente y Junta Directiva.

SECCIÓN CUARTA: PRESIDENTE

Artículo 29- Naturaleza y funciones.

El Presidente ostenta la representación legal del club; convoca y preside la Asamblea General y la Junta Directiva, estando obligado a ejecutar los acuerdos válidamente adoptados por ambas; autoriza con su firma los pagos y operaciones del club; y actúa como portavoz del mismo.

Artículo 30.- Elección.

1. Será elegido, de acuerdo con el procedimiento elegido previsto en el artículo 25, por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por y de entre los miembros de la Asamblea General por un período máximo de cuatro años.
2. El Presidente puede presentarse a reelección.

Artículo 31.- Moción de censura.

1. La moción de censura al Presidente y, en su caso, Junta Directiva deberá ser adoptada por mayoría de socios presentes, reunidos en Asamblea General Extraordinaria.

2. Para ser admitida a trámite, deberá ser presentada al Presidente mediante escrito razonado al que se acompañarán las firmas de, al menos, el cinco por ciento de los socios, debiendo ir acompañada de una propuesta de nuevo Presidente y, en su caso, Junta Directiva, así como de un programa de actividades.

3. El Presidente, una vez presentada la moción de censura, deberá convocar Asamblea General Extraordinaria con tres días de antelación a su celebración para que se reúna en un plazo no superior a quince días. Dicha Asamblea tendrá como único punto del orden del día la moción de censura. Dicha votación será secreta, salvo acuerdo mayoritario en contra, que posibilite la votación a mano alzada.

4. Si el Presidente no procediera a convocar la Asamblea según lo establecido en el párrafo anterior, ésta podrá realizarse por el Secretario. Si ninguna de las dos personas obligadas realizara la convocatoria, se deberá instar ante la jurisdicción civil.

5. La sesión de moción de censura será presidida por el socio de mayor antigüedad, y en ella deberá oírse al Presidente, salvo inasistencia o negativa.

SECCIÓN QUINTA: SECRETARIO

Artículo 32.- Funciones.

El Secretario tendrá como funciones:

a) Cumplimentar los libros de actas, en los que se consignarán las reuniones celebradas por la Asamblea General, la Junta Directiva y demás órganos colegiados de la entidad, con expresión de la fecha y hora, lugar de reunión, asistentes, asuntos tratados y acuerdos adoptados. Las actas serán suscritas por el Presidente y el Secretario del club.

Dichos libros se podrán materializar, bien en papel o en soporte informático.
b) Llevar un libro-registro de socios, en el que constarán los nombres y apellidos, DNI y, en su caso, cargo de representación, gobierno o administración que ejerza en el club. Asimismo, se especificarán las fechas de alta y baja, así como la toma de posesión y cese en el cargo correspondiente.

Dichos libros se podrán materializar, bien en papel o en soporte informático.

c) Cuidar de la correspondencia de la entidad.

d) Expedir certificados de los acuerdos tomados.

e) Autorizar con su firma, junto con la del Presidente, los contratos celebrados por el club.

f) Formalizar la memoria anual de actividades.

g) Actuar como tal en todos y cada uno de los órganos colegiados del club.

SECCIÓN SEXTA: TESORERO

Artículo 33.- Funciones.

1. El Tesorero será el encargado de los aspectos económicos de la entidad, llevando al efecto los libros de contabilidad, en donde constarán los gastos e ingresos, procedencia de los mismos y la inversión o destino.

2. Dichos libros se podrán materializar, bien en papel o en soporte informático.

3. No efectuará pagos sin el visto bueno del Presidente.

4. Durante el primer mes del año, formalizará balance de la situación y la cuenta de ingresos y gastos, que pondrá en conocimiento de los socios.

CAPITULO V: DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTIVOS Y DE LOS SOCIOS

Artículo 34.- Responsabilidad de los directivos.

1. El Presidente y todos los miembros de Junta Directiva desempeñarán sus cargos con la máxima diligencia y responderán ante la Asamblea General y terceros de los acuerdos adoptados en el ejercicio de sus funciones, así como por culpa o negligencia grave.

2. La responsabilidad no alcanzará a los miembros de la Junta Directiva que hubiesen votado en contra del acuerdo, o se hubieran abstenido, y conste en acta.

Artículo 35.- Responsabilidad de los socios.

Los socios del club responden ante la Asamblea General, según lo que se determine reglamentariamente.

CAPITULO VI: DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

SECCIÓN PRIMERA: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 36.- Normativa aplicable.

El régimen disciplinario del club se regirá por lo dispuesto en los estatutos; en el Decreto 195/2003, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Deportiva de la Comunidad de Madrid; en la Ley 15/1994, del 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid; y en sus reglamentos de desarrollo. Se aplicará, como Derecho supletorio, en defecto de regulación específica, el Decreto 245/2000, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Comunidad de Madrid.

Artículo 37.- Ejercicio de la potestad disciplinaria.

El club ejercerá la potestad disciplinaria sobre los socios y resto de personas que formen parte del mismo, según lo establecido en el reglamento disciplinario a elaborar por el propio club.

Artículo 38.- Procedimiento disciplinario.

El procedimiento disciplinario deberá obedecer, en todo caso, al principio de contradicción.

SECCIÓN SEGUNDA: COMITÉ DE DISCIPLINA

Artículo 39.- Composición.

1. Se dotará a la entidad de un Comité de Disciplina, que contará con todos los medios necesarios para su normal funcionamiento.

2. Dicho Comité podrá adoptar la forma de órgano unipersonal o colegiado, siendo auxiliado, en todo caso, por el Secretario del club.

3. Sus miembros serán nombrados por la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva.

Artículo 40.- Funciones.

1. Tendrá como función principal la de tramitar los expedientes disciplinarios iniciados de oficio o a solicitud del interesado e informar al Presidente y Junta Directiva de la tramitación y resolución de los mismos. La imposición de sanciones por la comisión de faltas graves o muy graves deberá ser ratificada por la Asamblea General.

2. El funcionamiento y organización del Comité de Disciplina se determinará reglamentariamente.

Artículo 41.- Instructor.

1. El Presidente designará un instructor, que será el responsable de la instrucción del expediente disciplinario, actuando con total independencia del Comité de Disciplina o de cualquier otro órgano del club.

2. El instructor, necesariamente, habrá de ser un licenciado en Derecho, y no formará parte del Comité de Disciplina.

CAPITULO VII: RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO

Artículo 42.- Patrimonio.

El patrimonio del club estará compuesto por:

a) Las aportaciones económicas de los socios.

b) Las donaciones o subvenciones que reciba.

c) Las recaudaciones que pueda percibir el club por los actos que organice.

d) Las rentas, frutos e intereses de su patrimonio.

e) Cualesquiera otros que se determinen reglamentariamente.

Artículo 43.- Destino de sus ingresos.

1. Todos los ingresos, incluidos las subvenciones y posibles beneficios en actividades deportivas, se destinarán al objeto social.

2. El destino de las subvenciones recibidas de Administraciones Públicas será controlado por el organismo competente.

Artículo 44.- Enajenación de los bienes.

La entidad podrá gravar y enajenar sus inmuebles, tomar dinero a préstamo y emitir títulos transmisibles representativos de la deuda o parte alícuota patrimonial, de acuerdo con la legislación general y si se cumplen los siguientes requisitos:

a) Autorización de la Asamblea General Extraordinaria, por mayoría de dos tercios de los socios presentes.

b) Dichos actos no han de poner en peligro el patrimonio de la entidad o impedir el desarrollo de la actividad deportiva que constituya su objeto social. Para la justificación de este extremo, se podrá solicitar un informe económico-financiero del estado de cuentas, siempre que lo soliciten, al menos, un cinco por ciento de los socios.

Artículo 45.- Títulos de deuda y de parte alícuota patrimonial.

1. Los títulos de deuda o de parte alícuota patrimonial serán nominativos y se inscribirán en el libro-registro que a tal efecto lleve el club, en el que se anotarán las sucesivas transmisiones.

2. En todos los títulos constará el valor nominal, la fecha de emisión y, en su caso, el interés y plazo de amortización.

Artículo 46.- Suscripción.

1. Los títulos de deuda sólo podrán ser suscritos por socios, y su posesión no conferirá derecho especial alguno, salvo la percepción de los intereses establecidos de acuerdo con la legislación vigente. Asimismo, los títulos de parte alícuota serán suscritos por los socios.

2. La condición de socio no estará limitada a quienes se encuentren en posesión de títulos.

3. Los títulos de deuda o de parte alícuota patrimonial serán transmisibles de acuerdo con los requisitos y condiciones que pudiera establecer la Asamblea General.

CAPITULO VIII: REFORMA DE LOS ESTATUTOS

Artículo 47.- Modificación.

1. La modificación de los estatutos será aprobada por Asamblea General Extraordinaria.

2. De dicha modificación deberá remitirse comunicación, mediante remisión del acta de la sesión en la que se acuerde o certificación del acuerdo, a la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid, quien deberá pronunciarse sobre la misma.

CAPITULO IX: REGLAMENTOS

Artículo 48.- Reglamentos.

Los presentes estatutos podrán ser desarrollados por reglamentos internos, que deberán respetar, en todo caso, lo establecido en aquellos.

CAPITULO X: TRANSFORMACIÓN EN CLUB DEPORTIVO BÁSICO

Artículo 49.- Transformación.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, por el que se regulan las Asociaciones y Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, el club deportivo elemental podrá transformarse en club deportivo básico cuando así lo acuerden formalmente, en Asamblea General Extraordinaria, la mayoría de los socios, y se cumplan los siguientes requisitos:

a) Aprobación en Asamblea General Extraordinaria, por la mayoría de los socios presentes, de unos estatutos acordes a lo establecido en el artículo 15 del Decreto 199/1998.
b) Aprobación de esos nuevos estatutos por la Dirección General de Deportes.

c) Inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid como club deportivo básico, con la consiguiente baja como club deportivo elemental.

CAPITULO XI: DISOLUCIÓN DE LA ENTIDAD

Artículo 50.- Causas de disolución.

1. Los clubes deportivos básicos se extinguirán por las siguientes causas:

a) Acuerdo de disolución propuesto por unanimidad de la Junta Directiva y ratificado por dos tercios de los socios presentes, reunidos en Asamblea General Extraordinaria.

b) Por su transformación en club deportivo básico.

c) Por resolución judicial.

d) Por las causas que se determinen en la legislación vigente.

2. La disolución deberá ser comunicada al Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, mediante remisión del acta de la sesión en la que se acuerde o certificación del acuerdo.

Artículo 51.- Destino de los bienes.

1. En el caso de disolución, el destino de los bienes de la entidad será el establecido en la legislación civil y administrativa.

2. El patrimonio neto revertirá a la colectividad, a cuyo fin la Consejería competente en materia de Deportes de la Comunidad de Madrid procurará lo necesario para que dichos bienes sean efectivamente destinados al fomento y desarrollo de las actividades físico-deportivas.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera. Los promotores o fundadores ejercerán las funciones de gobierno, administración y gestión a partir del momento en que se produzca la inscripción del club en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, constituyéndose a tal efecto en Comisión Gestora. Transcurridos seis meses desde la inscripción, la Comisión Gestora iniciará los trámites para la elección de Presidente y/o Junta Directiva del club, de lo cual se dará cuenta al Registro de Entidades Deportivas.

Segunda. En esta primera elección, tendrán derecho de sufragio todos los socios que figuren inscritos en el Libro de Socios a la fecha de convocatoria de elecciones.

Tercera. La elección de Presidente, en todo caso, se efectuará tomando como referencia lo establecido en el Capítulo IV de los presentes Estatutos.



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En este caso, en el articulo 31 se contempla la moción de censura al Presidente, si sois suficientes socios, pedirle copia de los Estatutos, qué, seguro, se contempla esa posiblidad, o pedirsela a la Federación a la que esteis adscritos.

Sldts
Por Sami
#551062
Lo triste de los clubes no es que haya presidentes con mas o menos caracter, lo verdaderamente triste es que no existan candidaturas alternativas, si no se esta de acuerdo con la forma de actuar de una junta directiva lo mejor y mas efectivo es formar una alternativa que los socios puedan votar en unas elecciones libres, al final quienes mandan son los socios, pero quizas es que somos muy comodos y nadie quiere mojarse.

Cuando un presidente y su junta es aprobada por los socios es para que hagan las cosas segun su estilo, no tendria sentido que fuera de otra forma, si no nos gusta ese estilo siempre estamos a tiempo de no renovarles nuestra confianza en las proximas elecciones.

Como he dicho en varias ocasiones, los problemas particulares es mejor tratarlos de forma particular, cualquier club tiene formulas para dejarse oir y para poder cambiar las cosas. :wink:
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Por CARLOS ESTEVEZ
#551419
Jose Luis

El tema no es ni mucho menos tan grave como para presentar una mocion de censura y esta solo se deberia presentar si hubiese una alternativa a la directiva actual, pero casi todos los socios sabemos que la directiva actual es la mejor que podemos tener (en la ultima reeleccion ni siquiera se presento una segunda candidatura), por su dedicación casi exclusiva por y para el club. Lo que pasa es que nuestro deporte preferido es el aeromodelismo y el segundo, como el de todo buen español es criticar a los demas.

Y como dice sami3d "los problemas particulares es mejor tratarlos de forma particular" y no os quiero cansar mas, que de lo que iba este foro era la CONVIVENCIA ENTRE HELIS Y AVIONES QUE ES POSIBLE Y DIVERTIDA. SIEMPRE HAY QUE BUSCAR UNA EXCUSA PARA PARAR Y TOMAR UNA CERVECITA :lol:

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