MALAPATA escribió:hola, aprats, me creo que no es así, el responsable es el que hace mal uso del articulo, un cuchillo como arma blanca es ilegal, su venta está autorizada, un vehículo alcanza 200 kms/h, su venta esta autorizada, su uso a esa velocidad, no. La banda de 35260 quizás se permita para controlar gamusinos, pero aeromodelos no. y se puede comercializar.
un saludete
Hola Malapata, perdona pero creo que los ejemplos que pones no son muy afortunados, especialmente el del coche.
Vale que no se puede conducir a 200, ni sin carnet, ni sin pasar la ITV... pero si vas a velocidad legal, y lo tienes todo en regla, sí se te permite conducir.
El problema es el siguiente... me venden una emisora que:
- Solo emite en 2'4 (y no en 35, que es la banda reservada en aeromodelismo)
- Se vende específicamente para uso en aeromodelos.
¿Me podéis decir en qué condiciones se puede usar legalmente? Yo creo que en ninguna. Es curioso, nadie duda de que es ilegal emitir en España en 70 o 36, o incluso en 35 banda B, pero si me voy a 2'4 la cosa ya no está clara... sobre todo por el dichoso término legal de "uso común".
Otras emisoras sí serían legales (el ejemplo que pones de los cristales en 35`260). Por ejemplo, yo tengo una 14MZ que emite en banda A y banda B. Como sí tengo disponibles las frecuencias legales, la emisora es legal, y es mi problema y mi responsabilidad si elijo emitir en una frecuencia diferente que la emisora también tenga. Sería lo mismo que el ejemplo del coche a 200... tú elijes ir mas lento o mas rápido.
Como ya he dicho, las 2'4 no ofrecen esta posibilidad.
Y que conste que estoy deseando que este tema se clarifique, y que se emita en 2'4 y con 5 watios si hace falta
Lástima que Telecomunicaciones no de una respuesta clara al colectivo de aeromodelistas,y defina de una vez si dentro del "uso común" se incluye el control de aeromodelos.
Un saludo.