- Lun, 16 Ene 2012 19:23
#1110229
No lo has entendido.
En caso de aprobarse estas normas los campos de vuelo quedan regulados para autorizar su uso, se da por hecho que hay campo de vuelo y sin campo de vuelo no hay autorizacion.
Con lo cual, si se aprueban mediante un Real Decreto nuevo metido a traicion o sistema similar, ya que no tienen otra forma, los asturianos no federados tienen una prohibicion de vuelo porque estas normas son para el vuelo fuera de la federacion o una situacion de infraccion continua de las normas que invalidaria seguros y otros derechos.Se quedan en una situcion precaria.
Con lo cual para los no federados estara prohibida la practica del vuelo de hecho aun sin haber prohibicion expresa.
Para los federados tendreis la misma situacion precaria pero con utilizacion identica a la del RD por parte de la federacion, esta exenta por ser normas para el ocio y se os presentara como la salvadora de la situacion que DE NUEVO ha ayudado a crear o ha creado.
Tu vuela como federado que asi vuelas donde quieres ya que para ti, Asturias es toda campo de vuelo y sin federacion toda Asturias es lugar de vuelo prohibido.
Para evitar estas cosas se impide que una asociacion regule nada fuera de su ambito, y si se da el caso que buscan, y con mucha jeta, el aprovechamiento consciente y utilizando su parte de colaborador con el estado o la comunidad, o sea, de funciones publicas tenemos una posibilidad de que se este incurriendo ademas en un delito.
Llevo tiempo mordiendo la lengua con esto por no herir sensibilidades pero las cosa esta asi.
Ademas contravienen la Constitucion:
CAPÍTULO II.
DERECHOS Y LIBERTADES.
Artículo 14.
Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Este porque los españoles no federados estaran sujetos a leyes que, en situacion identica no afecta a federados por la unica diferencia de estar asociados a la federacion.
Artículo 22.
1. Se reconoce el derecho de asociación.
Este lo vulneran por forzar mediante acciones publicas (las normas que trataran de convertir en ley) la asociacion con los padres de la norma, coaccionando con reglas complicadas , cuando no imposibles como las de los campos de vuelo en Asturias.
Artículo 43.
1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La Ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.
Vulnera este en su punto tercero por dificultar el acceso al deporte de ocio en beneficio propio, facilmente demostrable por la exencion del deporte federativo sin que haya diferencias entre uno y otro que lo justifiquen.
CAPÍTULO IV.
DE LAS GARANTIAS DE LAS LIBERTADES Y DERECHOS FUNDAMENTALES.
Artículo 53.
1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo II del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por Ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a.
Este lo incluyo por si se te ocurre que al tener funcione publicas puntualmente delegadas tienen poderes especiales, ningun podere publico puede vulnerar estos articulos y aun menos una simple asociacion.
CAPÍTULO II.
DE LA ELABORACIÓN DE LAS LEYES.
Artículo 81.
1. Son Leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.
2. La aprobación, modificación o derogación de las Leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.
Esto no necesita explicación, las federaciones no pueden modificar estos derechos, el Congreso y con mayoría absoluta.
En fin, que todo esto perjudica, discrimina entre españoles, discrimina especialmente entre asturianos por la peculiaridad de no tener campos de vuelo autorizados.
Las territoriales que lo apoyan o callan y permiten se merecen que luego, al implantarse, la nacional les traicione como ellos a los deportistas y en lugar de exigir licencia territorial , exija solo la nacional.
¿O ya lo tienen preparado y el resultado es exigir las dos?.
Merecen cero federados.
Y como me van a decir que soy antifederaciones y que ta y cual ya lo explico ahora, no soy antifederaciones, creo que son asociaciones muy necesarias pero las que tenemos estan corruptas, no hacen su trabajo.
Nos han traicionado al no alegar ante el Real Decreto y mantienen esa traicion al no tratar de solucionarlo, y se estan aprovechando de las malas consecuencias que crean en su favor, por poder y por dinero.
Y como insisten, yo insisto.
Con esto lo hare diferente, me reire de sus normas en su cara si consiguiesen implantarlas, y cuando haya sanciones, entonces veremos donde llega. Hasta ahora solamente les llegan criticas y pocas.
No hacen promocion sino destruccion.
Todas las demas federaciones debieran mostrar su desacuerdo como han hecho unas pocas y no solo en sus webs, sino en el CSD y donde convenga, ya que deben velar por el deporte, incluso el de ocio.
Saludos.
Manuel Novoa
http://www.aeromodelistasunidos.org/foro/